miércoles, 3 de abril de 2019

LA AUTORIDAD DEL CONCILIO DE TRENTO RESPECTO AL PECADO ORIGINAL


CAPÍTULO VI  

LA AUTORIDAD DEL CONCILIO DE TRENTO RESPECTO AL PECADO ORIGINAL

Es conocida la diferencia entre la autoridad de la Escritura y de la Tradición, calificable de divina, y la autoridad del Magisterio de la Iglesia que, por su índole, es sólo humana, aunque eclesial y socialmente imprescindible y, en última instancia, dotada de especial asistencia del espíritu. El Magisterio oficial, a lo largo de los siglos, ha intervenido en distintas ocasiones, pero es comprensible y deseable para el lector que nos fijemos en la 'autoridad' del concilio de Trento:
-Porque el Tridentino sintetiza, canoniza, y solemniza lo más sustantivo y fiable de la anterior enseñanza de la Iglesia occidental respecto al PO.
-Porque los textos del Tridentino han servido hasta hoy mismo de 'norma', y hasta de 'horma', en muchos casos, para todo el reflexionar teológico sobre el largo tema del PO.

1. POR QUÉ Y CÓMO LLEGA TRENTO AL TEMA DEL PO

Desde la primera mitad del siglo V, y hasta la primera mitad del siglo XVI, contamos once siglos en los que la creencia en el PO impregna la teología, la religiosidad, al cultura entera de los cristianos occidentales. Incluso podría hablarse de un exceso de creencia, una inflacción de especulaciones en torno a esta verdad. El hombre medieval -teólogo y no-teólogo- se contempla a sí mismo como el 'hombre caído': desterrados hijos de Eva, que caminan gimiendo y llorando en este valle de lágrimas. ¿Qué pudo pasar para que el magisterio se viese obligado a intervenir, en forma solemne e impositiva, para apuntalar una creencia que parecía gozar de privilegiada, exuberante salud?
Por aquello años M. Lutero constataba, según hemos mentado, que “sobre el PO, fabula la turbamulta de los teólogos de varias maneras”. El Magisterio oficial toleraba reposadamente estas discusiones “quoodlibetales”, ya que todos estaban acordes en los sustantivo: todo hombre entra en la existencia en situación teologal de pecado, muerte espiritual. Con el haz de afirmaciones que a esta sustancial convicción acompañaban. Pero, ahora mismo, observa el Tridentino, han surgido, respecto al PO, disensiones nuevas y antiguas que afectan a la sustancia de esta verdad y de la economía entera de salvación, DS 1510: el nacimiento del luteranismo y la reviviscencia del pelagianismo provocan la intervención solemne y autoritaria del concilio a favor del PO. Este contexto polémico, controversista, apologético, pastoral y kerigmático es indispensable tenerlo a la vista para valorar, sin excesos, el alcance del texto tridentino que ahora nos va a ocupar.

2. IMPULSO LUTERANO A LA DOCTRINA DEL PECADO ORIGINALIDAD

Como es sabido, Lutero presentó su teoría de la justificación como la sustancia del Evangelio, del Cristianismo. En torno a este artículo de fe, a su juicio, cae o se mantiene la Iglesia. Pero el acontecimiento de la justificación es, de suyo, por su contenido, una realidad antropológica. Aunque no se la entiende ni se la asimila a fondo, si no se la acepta imbricada y traslapada con otras verdades más sustantivas y substanciosas del credo cristiano: el concepto de Dios/sólo Dios; el concepto de Cristo/sólo Cristo. Esta vertiente cristológica merece la mayor atención. La enseñanza de Lutero sobre la justificación, en su tenor y contenido más inmediato, es una enseñanza antropológica, referida al hombre. Pero, esta verdad sobre el hombre, está mantenida 'a tergo' por una verdad cris-tológica/soteriológica. Lutero llega a su doctrina particular sobre la justificación desde otra preocupación más radical: salvaguardar la eficacia de la Cruz de Cristo. Bajo la consigna que ya conocemos en san Agustín y en san Pablo: 'ne avacuetur Crux Christy!' = '¡no vaciar de contenido la Cruz de Cristo!' Desde aquí cobra su pleno sentido lo que Lutero dice sobre la justificación del hombre corrompido y sobre el PO.
Se descubre en la postura de Lutero, tal como la conocían los teólogos de Trento una jerarquía de preocupaciones e intereses religiosos y de consiguientes afirmaciones: ante todo, hay que salvaguardar la fuerza redentora de la Cruz de Cristo. Y, por cierto, en forma excluyente, única: 'sólo' por la gracia que se dona en Cristo Crucificado somos salvados. Pero no queda garantizada la fuerza única de la Cruz si, correlativamente y con similar energía, no se afirma la absoluta impotencia, la nada soteriológica del hombre. Hasta excluir toda colaboración, todo 'sin-ergismo' entre la Gracia y la libertad del hombre.
Pero esta total nulidad e impotencia soteriológica del hombre tiene raíz y origen en la corrupción de la naturaleza humana provocada por el hombre mismo. Porque Dios hizo bueno al hombre, lo creó en santidad y justicia, según dice la Biblia y la Tradición.
El pecado de Adán sería un 'originante' de la corrupción profunda, religioso-moral, de la humanidad: ese pecado es una realidad/fuerza permanente (peccatum permanens), incrustado en la última profundidad del corazón del ser humano “existenciado” en la historia.
Puede observarse que la enseñanza específicamente luterana sobre el PO es una verdad subsidiaria, ancilar, preambular, presupuesto de otra verdad, también referida al hombre, pero de mayor relevancia teológica: 'la impotencia absoluta del hombre para obtener la salvación'. Con lo cual queda camino libre para proclamar, en exclusividad, la fuerza salvadora de la Cruz de Cristo, que es el final a donde se quería llegar en el razonamiento de Lutero y que, al mismo tiempo, es una de las bases de su fe como cristiano. Llegando a aquí, quien no se a luterano puede hacerse la doble, persistente pregunta; ¿es que para mantener la eficacia de la Cruz de Cristo y la correlativa impotencia soteriológica del hombre es necesario recurrir a la tesis humana del PO? Mantengamos la pregunta para, a su debido tiempo, dirigírsela a los mantenedores de PO a estilo católico.

3. PRECAUCIÓN ANTIPELAGIANA DEL TRIDENTINO

Parecía anacrónico hablar de pelagianos en los días del concilio de Trento. Pero, en realidad, los cánones tridentinos “Sobre el PO” reproducen, en fondo y forma, los correlativos cánones antipelagianos del siglo V. Esta 'cautela antipelagiana' venía provocada por un doble hecho: a) la cultura intensamente humanista de la época estaba impregnando la teología/antropología teológica, exaltando peligrosamente las posibilidades reales, históricas, incluso las salvíficas de la naturaleza humana; b) y, sobre todo, por motivo de autodefensa: los protestantes de entonces, y hasta nuestros días, a la doctrina católica  sobre el PO y sobre la justificación la tachan de dejar puerta abierta a la religión de las obras, a un pelagianismo mal superado. Los Padres de Trento necesitaban dejar claro sus enseñanzas sobre el PO, sobre la justificación y-en última y también primordial instancia- sobre la eficacia de la Cruz de Cristo. Se distanciaban así conscientemente de cualquier connivencia con el peligros pelagianismo en su figura antigua y en sus rebrotes actuales. No olvidemos que los teólogos antiguos tenían ojos de lince para ver brotar la mala hierba de cualquier herejía, nueva o vieja.
Por eso, también frente a la posible reaparición del pelagianismo en su tiempo, el Tridentino quiere afianzar, ante todo, la eficacia de la acción salvadora de Cristo. Su firme enseñanza sobre el PO se formula bajo la consigna agustiniana y paulina: 'ne evacuetur Cruz Christi!'; ¡no desvirtuar la eficacia y la necesidad de la Cruz de Cristo! Porque, como quedó claro en la discusión Agustín-pelagianos, si éstos negaron el PO y tal negación tenía importancia para la fe cristiana, se debía a que, negando el PO, revalorizaban las posibilidades soteriológico-morales del hombre hasta el punto de desvirtuar la necesidad absoluta de la Cruz de Cristo.

4. LECTURA Y GLOSA DEL TEXTO TRIDENTINO SOBRE EL PECADO ORIGINAL

Pienso que es indispensable que el lector tenga a la vista el texto de Trento y realice una lectura sosegada y crítica del mismo, para justipreciar en su globalidad la exégesis que estamos haciendo y la conclusión final que proponemos.
El decreto “Sobre el PO” hay que leerlo, según intención expresa de los conciliares, con un preámbulo, preparación -incluso diplomática y política- para el decreto sobre la justificación, DS 1520-1583 Ambos coinciden en el interés antropológico inmediato: 'la justificación del pecador'; ante todo del pecador adulto, pero también del niño, a quien el Tridentino considera pecador a justificar por el bautismo. Ambos textos trabajan sobre la misma lectura hamartiocéntrica e infralapsaria de la historia de salvación y del acontecimiento de la justificación del hombre, DS 15524. Finalmente -y llamamos la atención sobre este hecho- el decreto sobre la justificación pone de relieve la dimensión cristocéntrica del acontecimiento de la justificación en adultos y en niños. Así aparece que se expone la doctrina sobre el PO para mejor comprender el evento de la justificación. Y éste se explica del modo como lo hace Trento porque así lo exige la recta vivencia e inteligencia de Cristo Salvador.

Canon 1. «Si alguno no confiesa que el primer hombre Adán, al transgredir el mandamiento de Dios en el paraíso, perdió inmediatamente la santidad y justicia en que había sido constituido, e incurrió por la ofensa de esta prevaricación en la ira e indignación de Dios y, por tanto, en la muerte con que Dios antes le había amenazado, y con la muerte en el cautiverio bajo poder de aquel que tiene el imperio de la muerte, Hb 2.14; es decir, el diablo, y que toda la persona de Adán por aquella ofensa de prevaricación fue mudada en peor según el cuerpo y el alma (v. 174): sea anatema, DS 1511».

Trento propone aquí la tradicional 'teología de Adán', que venía rodad durante siglos. Si bien la ha despojado de varios elementos fantasiosos y folclóricos que la acompañaban. Pero sí hay que advertir la seguridad con que se mantienen estas convicciones.
-La realidad histórica perfecta del individuo Adán, tan densa como pudiera ser la del rey David o la de Pablo de Tarso.
-Similar densidad histórica logran las figuras en el texto aludidas: el paraíso; el estatuto teológico de santidad y justicia en Adán; la transgresión originaria del hombre primero, siniestramente privilegiada; los consiguientes castigos.
-Esta 'teología de Adán' no era una mera opinión teológica, una cuestión discutida: era mantenida como perteneciente a la fe. Y con tal seguridad e importancia que, quien dijere lo contrario, quedaba excomulgado, fuera de la Comunidad de los creyentes.
Por fortuna para ellos, nadie en aquellos años hubiera tenido ni la mera ocurrencia ni menos la audacia de negar semejante doctrina. Hubiera para do en el tribunal y hasta en la hoguera de la Inquisición. Todos los teólogos y padres conciliares, contados uno a uno, defendían estas ideas y con similar franqueza. De cara a nuestra conclusión en este apartado, conviene indicar que los teólogos actuales -los que han estudiado personalmente la cuestión- han abandonado ya todas y cada una de las proposiciones del citado canon tridentino. De lo contrario serían tachados de teólogos 'tridentinos', con la connotación menos favorable que tal adjetivo implica en ciertos ambientes y en ciertos problemas teológicos.
-En su intención docente y, en gran parte, por su redacción y tenor gramatical el texto es plenamente antipelagiano, como lo fue el concilio Arausicano (año 529), en quien se inspira, DS 371. Si bien en tiempo de Trento no había 'pelagianos' explícitos, dignos de mención.
-Con este canon, Trento reafirma la índole y el origen adánico del PO, del que luego va a hablar. Esta índole adánica del PO originado es esencial para el concepto global que Trento tiene de la realidad del PO. Actualmente, hay teólogos que siguen afirmando el PO en el recién nacido aunque niegan el origen 'adánico' del mismo. Es discutible que tengan razón; pero me parece seguro que se alejan de la enseñanza tridentina sobre el PO en un punto esencial, que la adultera como tal doctrina específica tradicional y tridentina.

Canon 2. Pecado original originado: «Si alguno afirma que la prevaricación de Adán le dañó a él solo y no a su descendencia; que la santidad y justicia recibida de Dios, que él perdió, la perdió para sí solo y no también para nosotros; o que, manchado él por el pecado de desobediencia, sólo transmitió a todo el género humano la muerte y las penas del cuerpo, pero no el pecado que es muerte del alma: asea anatema, pues contradice al Apóstol..., Rm 5,12».

Es la afirmación nuclear del decreto sobre el PO visto en su conjunto. La intención y la misma redacción del texto es obviamente antipelagiana, cf. DS 372. No se define lo que es en sí el PO, en su esencia. Los padres tridentinos, según las Actas, estaban muy convencidos de que ignoraban 'esta misteriosa esencia'. Por otra parte no querían hablar como metafísicos, sino como pastores de almas en el modo de exponer las verdades de la fe. Se ciñen a hacer una descripción de la índole del PO viendo sus consecuencias constatables, experimentales: la muerte y los sufrimientos de la vida, la desenfrenada, vivaz concupiscencias. Que no serían achaques meramente penales, sino culpables, según tradición agustiniana y, en parte, escolástica que ellos prosiguen. Sin decir taxativamente la cuestión también dice Trento que Rm 5,12-21 habla del PO. Otro punto en que la exégesis y la teología actual se apartan de la exégesis de Trento, según es sabido.

El canon 3 precisa la índole del PO en estos puntos: 1) contra algunas de las opiniones de la época reafirma su convicción sobre la unidad del PO tanto en su vertiente de pecado originante como de pecado originado; 2) el PO no implica, meramente, una situación generalizada de corrupción mortal, en la cual la relación de cada individuo con el PO queda indeterminada, vagorosa. No, cada individuo es personalmente afectado y es denominado “pecador” en sentido propio, real; 3) insiste en la 'impotencia soteriológica' que el PO crea en la humanidad entera y en cada individuo humano contado uno a uno; 4) por fin, pero sobre todo, con las anteriores precisiones se quiere reafirmar lo que es la idea-eje de este decreto (y su complemento, el de la justificación, DS 1520-1525: sólo Jesús libera al hombre, a cada hombre, del PO y de la impotencia soteriológica que él crea en los hombres, DS 1551. La intencionalidad y redacción antipelagiana de este texto es clara: que no quede desvirtuada, innecesaria la Cruz de Cristo.

El canon 4, también con los pelagianos a la vista, reafirma la necesidad de bautizar a los infantes 'para remisión de los pecados'. Pensando, en línea agustiniana y tradicional, que la fórmula sería una palabra hueca si los niños no tuviesen realmente pecado. Y ¿qué otro pecado, sino el pecado que contrajeron en Adán, el PO?, como argüía Agustín.

Al hablar aquí del bautismo como remedio del PO, se presentan los efectos de este sacramento en forma fragmentaria, ocasional, en contexto de controversia que, por su misma índole, ha de ser sesgada, unilateral. Se menciona tan sólo la dimensión hamartiológica del mismo. Quedan marginados los efectos caritológicos, positivos del sacramento, que son los primordiales: la incorporación a la nueva Comunidad de salvación, el nuevo ser, el nuevo nacimiento, la vida nueva, la nueva criatura que nace por la fuerza del Espíritu Santo. Con todos los efectos elevantes, gratificantes que tendremos oportunidad de ver. Porque, aunque se niegue el PO en el recién nacido, incluso entonces la fórmula bautismal “para remisión de los pecados” no queda hueca de sentido. Se percibirá incluso mejor la dimensión caritológica del sacramento que es la más rica de contenido.

El canon 5 se olvida ya de los pelagianos -recuerdo anacrónico, pues en el siglo XVI ya no había pelagianos en Europa- y actualiza su discurso hablando de insurgente error luterano sobre el PO. Error que para Trento tenía doble vertiente: a) una de índole y nivel antropológico, cual era el de considerar al hombre radicalmente corrupto, en su  actividad religioso-moral. Su libertad sería una sentina de pecados, en el sentido más fuerte de la palabra; b) error de hondura e índole cristológico-soteriológico: la acción salvadora de la Cruz no llega hasta regenerar a fondo al hombre caído en PO. Éste, incluso después del bautismo, queda en el bautizado como 'pecado permanente' = pecatum permanens. Prueba fehaciente de ello es que en el bautizado queda la concupiscencia, como la experimenta todo el mundo en sí y en los demás. Que conlleva la “dura necesidad de pecar” (peccandi dura necessitas) de agustiniana memoria. Endureciendo, incluso, la intención del santo Doctor.

Este doble error luterano es rechazado con mayor vigor en el decreto sobre la justificación, DS 1520-1583. Es seguro que el más peligroso es el error soteriológico-cristológico. Porque, incluso admitida la corrupción radical de la libertad humana y la derivada impotencia soteriológica absoluta, no estamos irremediablemente perdidos, si admitimos que la Gracia de Dios por Cristo nos hace nueva criatura, que nuestro presunto PO queda del todo destruido, que somos realmente 'recreados'. Extremo éste que, a juicio de Trento, los luteranos no querían reconocer, pues el PO es para ellos un “pecado permanente”.
De todas formas, por parte católica, hasta nuestros días, nunca ha sido explicada satisfactoriamente la relación entre PO y la permanente concupiscencia, “que proviene del pecado y al pecado impulsa”.

5. JERARQUÍA DE VERDADES EN EL TEXTO TRIDENTINO SOBRE EL PECADO ORIGINAL

Hemos indicado cómo la negación del PO por parte de los pelagianos y su exacerbación por parte de Lutero viene enmarcada, dimensionada dentro de su modo de vivir y entender la eficacia salvadora de la Cruz. Se patentiza en ellos una 'jerarquía de errores' que no se debe olvidar a la hora de valorar la correlativa 'jerarquía de verdades' que el Tridentino propone. Explicamos un poco más la idea que hemos venido insinuando: la jerarquía de “verdades” existente en el texto  de Trento sobre el PO. Recurrimos a una idea muy aceptada y muy importante en la interpretación de cualquier texto teológico de primer o segundo grado. Para la clasificación que vamos a hacer, partimos del hecho de la unidad formada por el decreto sobre el PO, con el de la justificación, al modo explicado.

A) NO DESVIRTUAR LA FUERZA SALVADORA DE LA CRUZ DE CRISTO/NE EVACUEUR CRUX CHRISTI!

Es la consigna que mantuvo a san Agustín firme y merecidamente victorioso frente a los pelagianos. Éstos desvirtuaban la Cruz de Cristo al proponer una naturaleza humana sana, íntegra, “santa”, inocente, dotada al nacer por el Creador de la posibilidad real (= possibilitas) para todo el bien moral y saludable (= salutaris). Lutero, no obstante su énfasis en proclamar la sola Gracia/solo Cristo /sola Cruz, en realidad -a juicio de Trento-. Reducía ésta a la inoperancia al decir que no llegaba a borrar radicalmente el PO del alma del pecador. Cierto es que, en el tema de la justificación, se presentaba a discusión un problema de índole antropológica: se discute sobre el estatuto teologal del hombre cristiano. Pero el error de Lutero en antropología teológica cobra su última gravedad porque comporta un error teológico(cristológico: error sobre el poder y eficacia real de la Gracia de la Gracia de Dios que se otorga en Cristo.
Este encuadre cristológico/soteriológico es el preferido por los actuales estudiosos del problema del PO. Idéntica preocupación e interés soteriológico preferencial se descubre al fondo del texto tridentino sobre el PO y sobre la justificación que le acompaña y completa.
Completando y concretando la preocupación soteriológica, encontramos la referencia eclesiológica. La acción salvadora de Cristo en toda la discusión antipelagiana/antiluterana de Trento se concentraba, de hecho y por necesidad polémica, en torno al acontecimiento eclesial de la administración del 'bautismo a los párvulos'. Si bien las afirmaciones valen para el bautismo administrado en cualquier momento y para la justificación que acontece en los adultos.
Pues bien, a juicio del Tridentino, Lutero desvirtuaba la eficacia del bautismo al decir que no borraba radicalmente el PO, sino que sólo testificaba que no ha sido imputado este pecado, 'permanente' incluso en el hombre cristiano. Los pelagianos eran favorables al bautismo también para los niños, pero tergiversaban -a juicio de Agustín y de Trento- la auténtica motivación teológica de tal práctica: no debe administrarse, decían, el bautismo a los bebés para remisión de los pecados: sería un sinsentido, ya que no tienen pecado ninguno. El bautismo hace mejores a los que ya nacían buenos. Trento no excluye la motivación caritológica, incluso la menciona; pero insiste en que hay que mantener la motivación hamartiológica: borrar el PO en el recién nacido.

B) VERDAD ANTROPOLÓGICA: IMPOTENCIA SOTERIOLÓGICA DEL HOMBRE

Esta afirmación referida 'a' y calificadora 'del' hombre sujeto de la consideración del teólogo, es correlato esencial, imprescindible, que viene 'co-afirmada' siempre que se proclame la necesidad absoluta de la gracia del Salvador. Al proclamar el Tridentino la fuerza salvadora de la Cruz, 'co-afirmada', con similar insistencia, la impotencia del hombre para salvarse sin la gracia de Cristo. Sobre esta impotencia humana estaban a la vista las desvaloraciones antiguas y nuevas. Los pelagianos enfatizaban el poder del hombre cristiano para conseguir la salvación, una vez que había recibido de Dios el don de una naturaleza sana, íntegra, inocente, santa. La Cruz no quedaba eliminada, pero sí desplazada hacia el exterior de la libertad humana. Lutero, con la sana intención de magnificar la Cruz, despotenciaba al hombre hasta convertirle en una especie de tronco inerte ante la acción de la Gracia, DS1554. Esta exageración de la impotencia se vengaba de sus cultivadores, porque, en vez de magnificar la fuerza de la Cruz, la enerva ostensiblemente, a juicio de los católicos.
Al mismo tiempo que se afirmaba lo que llamaríamos el hecho bruto y neto de tal impotencia, los dos contendientes decían ya algo sobre la naturaleza de la misma, como no podía ser menos. Pero, dando un paso más,, manifestaban su convicción de que sabían algo  (lo suficiente, para ellos) sobre el 'origen' de la incapacidad del hombre histórico para conseguir la salvación: la situación universal y radical de pecado, situación que incluía  incluso al ser humano que empieza a germinar en el vientre de la madre. ¿Cómo pensar que la incontable “humanidad infantil” no está necesitada de Cristo? ¿Y cómo podríamos afirmar que necesita de Cristo, si no tuviese pecado? ¿Y qué otro pecado podría tener el niño sino el PO? (S. Agustín).
Un creyente que cultive un concepto adecuado sobre Dios creador bueno, sobre la dignidad del hombre imagen de Dios, sobre el 'pecado' como libre desobediencia del hombre a Dios, no puede contentarse con la mera y dura afirmación de que el hombre es pecador congénito. No puede menos de preguntarse cómo se llegó a tan insólita, enigmática situación. Carente como estaba de los recursos, de metodología, de oportunidad para realizar una reflexión científico-teológica, Trento nos ofrece lo que hoy llamamos un texto de teología  narrativa. Relata, cuenta lo que le pasó al género humano 'in illo tempore', en los abismales inicios de su historia, en los prestigiosos y divinales orígenes que describe Gn 2-3. Los teólogos y Padres de Trento  dicen al respecto 'lo que siempre se ha dicho'. Incluso, como hoy sabemos bien, lo que dijeron otros hombres antes que los cristianos: que hubo un “viejo pecado” que llenó de miseria la historia humana.
De ahí el tercer momento del texto tridentino.

C) UNA VERDAD DE ÍNDOLE EXPLICATIVA, ETIOLÓGICA, CAUSAL

Como tal calificamos -siguiendo a muchos autores- el recurso de Trento a la narración de Gn 1-3 sobre adán; a lo que nosotros hemos calificado teología y 'teologúmeno de Adán'. Éste perdió su estado de 'santidad y justicia' y causó la ruina espiritual e integral en la que ahora gime la humanidad. Obviamente el Tridentino no carga sobre el PO toda la situación pecadora en que la humanidad gime. Pero ésta dimana de la fuente del PO (originante y originado), y no habría aparecido en nuestra historia de no haber ocurrido el pecado de Adán.
Leyendo los textos en dirección de menor a mayor importancia tendremos.
-el pecado del Adán paradisíaco es el originante y creador de la situación universal del pecado en que yace la humanidad;
-esta situación pecadora crea en la humanidad y en cada hombre una universal/insuperable 'impotencia soteriológica';
-la cual hace universal y absolutamente necesario al Salvador Jesús (quien comunica su salvación por medio del bautismo).

6. EL LEGADO DE TRENTO QUE DEBEMOS RECIBIR Y TRANSMITIR

Hemos resumido la enseñanza del Tridentino sobre el PO en tres afirmaciones clave (y una colateral, que ahora no comentamos). Al paso hemos dejado caer otras varias, caducas, efímeras por su propia índole y por el entorno religioso cultural en que fueron proferidas. Dentro de las tres, hemos subrayado la jerarquía de valiosidad e importancia salvífica de las mismas. Con ello se ha realizado un discernimiento crítico en la lectura del texto conciliar. Avanzamos en ese camino.
a)Hace años afirmaba P. Schoonenberg que el tema del PO se ha convertido en un 'test decisivo' para la hermenéutica de los textos conciliares y del Magisterio de la Iglesia en general. Es obvio que, en nuestro caso, el 'test' aludido lo constituyen los cánones tridentinos sobre el PO. Nuestra largas reflexiones sobre la cuestión y la lectura de los mejores estudios dedicados al tema nos han llevado a las apretadas conclusiones que hemos propuesto y que ahora completamos desde la perspectiva hermenéutica.

«Un hodierno lector de los textos tridentinos debe compartir una seria convicción sobre la relatividad, circustancialidad, contextualidad, índole fragmentaria, evolutiva y procesual de toda captación y expresión humana de la verdad. Incluida la verdad sobre cuyo origen divino no albergamos dudas. Los pronunciamientos de Trento sobre el PO están, sin posible excepción, sujetos a estas limitaciones y condicionamientos del humano conocer y del humano hablar. Los dichos de Trento tienen su verdad, su indiscutible valía teológica dentro de la circunstancia vital toda entera -mental, religiosa-vivencial, cultural- en que fueron proferidos. Hoy mismo nos sentimos obligados a realizar sobre ellos esta tarea que juzgamos ineludible y arriscada al mismo tiempo: la de transculturar, e inculturar el mensaje de Trento sobre el PO en la 'circunstancia vital' toda entera -religioso-vivencial, teológica, cultural- en que nos encontramos en el umbral del siglo XXI, ¿qué es lo que podemos/debemos asumir y transmitir, y qué es lo que debemos dejar caer como adherencias coyunturales, perecederas?».

En este momento me parece conveniente decir, con el debido respeto, que algunos teólogos sistemáticos (llamados también especulativos y dogmáticos) aprueban los métodos de rigurosa hermenéutica que los escrituristas católicos aplican a los textos bíblicos, con indiscutible éxito, desde hace varios decenios. En cambio, parece que son renuentes a la hora de aplicar similar hermenéutica a los textos del Magisterio, en el caso del Tridentino. Una teología que quiera ser científica debe ejercer una continuada y rigurosa labor crítica sobre sus propios principios. A los textos del Tridentino no se les puede conceder una inmutabilidad, sacralidad, intangibilidad igual y menos superior a la concedida a los textos bíblicos. Los textos tridentinos hay que someterlos al mismo tratamiento histórico-crítico, a las leyes de la hermenéutica de las culturas y de los géneros literarios que, tan exitosamente, han sufrido los textos de la Escritura.
b)'El legado de Trento que debemos recibir y transmitir', por nuestra parte, se cifra en esta fórmula repetida desde san Pablo y san Agustín: No desvirtuar la Cruz de Cristo = ne evacuetur Crux Christi!: Dejar clara la verdad fundante de nuestra fe: la universalidad y 'sobreabundancia' de la redención de Cristo. La vertiente antropológica de este dogma cristológico es la afirmación de la incapacidad absoluta del hombre para obtener, por sus propias energías, la Salvación: Vida eterna.
El texto tridentino sobre el PO y su complemento, el de la justificación, la necesidad del Salvador la funda en el hecho d la universal, profunda situación de pecado en que se encuentra la humanidad histórica a la que dirige su mensaje. Es la situación de PO (originante y originado), con toda la constelación de afirmaciones antecedentes, concomitantes y consiguientes que nos son conocidas. Por motivos polémicos se insiste en el pecado de los niños. Y también por motivos de política eclesiástica.
Parece claro que, con el recurso a la secular doctrina del PO, el Tridentino  quiere ofrecer una aclaración de tal situación a nivel pastoral, de etiología descriptiva, práctica, funcional, de marcado interés polémico, “para recuperar a los errantes y confirmar a los vacilantes”, DS1519. En este contexto, dada la índole instrumental, subsidiaria, ancilar que la doctrina del PO tiene respecto del dogma de la Redención, brota la inevitable, recurrente, pertinaz pregunta: ¿es que para mantener la universalidad y sobreabundancia de la Salvación es necesario seguir manteniendo la doctrina del PO? Naturalmente, esta pregunta no se hace en un artificial ambiente o por rebuscado interés académico. El lector conoce las severas y, en casos, letales objeciones que la hodierna sensibilidad cristiana -desde diversos puntos de mira- opone a la 'creencia' en  el PO. Las hemos ido mencionando y habrá que volver sobre ellas.

7. NO HAY PELIGRO, MIENTRAS QUEDE CLARA LA REDENCIÓN

Son conocidas las dificultades que Agustín encontró para explicar el origen del alma. Provenientes, en gran parte, de su teoría del PO. Terminaba la discusión con esta sabia advertencia de teólogo: “Aunque se nos oculte el origen del alma, 'mientras quede clara la Redención no hay peligro'. Porque no creemos en Cristo para nacer, sino para renacer, sea cual fuere el modo en que hayamos nacido”. Me parece del todo legítima la aplicación extensiva que hacemos de esta fórmula al problema global del PO: aunque se nos oculte el origen de la universal situación pecadora de la humanidad (¿por el PO?, ¿por los pecados personales?, ¿por ambas fuentes?, ¿por el 'viejo pecado' cometido en la preexistencia, en los orígenes celestes del hombre?). 'Mientras queda clara la necesidad del salvador, no hay peligro para nuestra fe en Cristo'. La palabra de Dios no nos declara pecadores para que nos demoremos en interminables, a veces hipócritas investigaciones sobre el origen del pecado humano, sino para que busquemos al Salvador.
Otro texto agustiniano nos pone en la misma pista: “Si confesamos que tanto los párvulos como los mayores, es decir, que desde los vagidos de la infancia hasta la canicie de los viejos, tenemos necesidad de este Salvador y de su medicina, del Verbo hecho carne para habitar con nosotros, se ha acabado toda discusión entre nosotros”.
Más adelante comentaremos el 'elegante apólogo' del hombre que cayó en el pozo y que Agustín comenta en contexto similar al nuestro.
El largo análisis del texto tridentino sobre el PO podemos finalizarlo pacíficamente con esta conclusión:
Mientras que, con el concilio de Trento, afirmemos la necesidad absoluta del Salvador y la correlativa impotencia soteriológica del hombre) no hay controversia entre nosotros, aunque neguemos el PO. Ahora bien, nuestra propuesta sobre la inocencia y Gracia inicial del recién llegado a la existencia, no sólo no oscurece aquella verdad, sino que esclarece su universalidad y sobreabundancia en forma ostensiblemente más nítida que la correlativa afirmación del pecado y la des-gracia original. Obtenemos la misma finalidad del texto tridentino por otros caminos que el concilio no transitó, pero que,a juicio nuestro, son más llanos y directos que los recorridos por el proceso explicativo del concilio de Trento. Vale decir, de sus Padres y sus teólogos.

8. POR QUÉ RELATIVIZAMOS EL VALOR DEL TEXTO TRIDENTINO

Relativizar no puede significar el negar de raíz toda valiosidad al texto, invalidarlo para 'entonces' y para siempre. El texto mantiene un objetivo valor circunstancial, subsidiario, epocal, ancilar. Está destinado a vehicular y servir de apoyatura y subsuelo mental a verdades de fe más altas y sustantivas: la necesidad absoluta de la salvación de Cristo (¡no desvalorizar la Cruz de Cristo!) y la correlativa impotencia del hombre para salvarse. En la circunstancia histórica en que el texto se produjo cumplió a satisfacción esta indispensable función. Pero, al ser inculturada y transculturada (como ahora decimos) al entorno vital, religioso, teológico, cultural, humano en que estamos inmersos, aquellas motivaciones, según pensamos, han perdido su eficacia:
-El fundamento bíblico y tradicional sobre el que trabajaban está lejos de ser tan seguro como en Trento se pensaba.
-La visión que tienen los teólogos y Padres de Trento sobre la acción salvadora de Cristo, presupuesto mental de su propuesta sobre el PO, es más bien unilateral, sesgada. Supone una 'visión hamartiocéntrica' de la necesidad de la redención y de la gracia. Pero en la 'actual' historia humana lo primero es la Gracia, el pecado es un advenedizo.
-Operan desde una visión estática, inmovilista, fijista de la situación del hombre en el cosmos y en la historia. Sería anacrónico buscar allí -en aquella época y en aquellos hombres- la visión evolutiva, procesual, dinámica del ser y de la historia que, para nosotros, es la única aceptable.

Firme lo dicho, no vemos razonable hablar de “error”, equivocación en el comentado texto tridentino. Este no delata ningún “error”, sino una “limitación” en el conocimiento, por parte de Trento, de la insondable grandeza del misterio de Cristo. Grandeza que siempre conocerá con numerosas “limitaciones” en la Iglesia del siglo XVI y la del siglo XXI. En lenguaje paladino podríamos decir: cuando el concilio de Trento propone la doctrina del PO para afianzar la fe en la necesidad de la gracia de Cristo, muestra una explicable y hasta, históricamente, inevitable limitación en sus conocimientos teológicos. Pero si un teólogo del siglo XXI hace esa misma afirmación, no tendríamos inconveniente en decirle que comete un claro 'error', producto de sus defectuosos conocimientos en soteriología, antropología y caritología teológica [En otros campos del saber humano encontramos casos 'similares'. Los mejores sabios de la Edad Media, en Europa y fuera de ella, trabajaban con la teoría de que el sol gira alrededor de la tierra. Si somos precisos en nuestro lenguaje y justos con ellos no diremos que cometieron por ello un “error”. Se trata de una limitación dentro del progreso del saber humano. En “error” incurre el autor de una afirmación, si tenía la obligación profesional o moral de conocer mejor el problema, atendida la situación global de la ciencia en su época. Por otra parte, considerada la complicada situación cultural, religiosa y teológica en que vivió y polemizó san Agustín, el haber propuesto la teoría del PO podía calificarse de un inevitable 'infortunio doctrinal', más que de un error. Incluso hoy mismo todos hablamos de la salida del sol y de su ocaso. No cometemos ningún error. Ni exhibimos una 'limitación' de nuestro saber. Simplemente estamos en otro juego lingüístico distinto. Por eso, podemos decir que un teólogo del siglo XVI no cometía “error” hablando del PO. Y sí lo cometería, a juicio nuestro, el que afirme la teoría del PO al entrar en el siglo XXI].

9. EL DECRETO TRIDENTINO COMO “PRECEPTO DOCTRINAL”

Esta designación me parece puede ilustrar el valor que entonces tenía y ahora mantiene el texto de Trento sobre el PO. Con esta designación queremos 'excluir', en primer término, que la declaración del Tridentino tenga el valor de un “dogma” en sentido fuerte de la palabra. El que es usual en la terminología escolástica de los siglos XIX y XX. Se denomina actualmente “dogma” una verdad que se piensa que tiene apoyo formal, explícito, directo en la Palabra de Dios. Los teólogos neoescolásticos calificaban a la doctrina tridentina sobre el PO como “dogma” a este más alto nivel.
 En realidad, el Tridentino no conocía esta terminología tan rígida. Habla de “dogma” en sentido usual en siglos anteriores. Por ejemplo, habla de los “dogmas” de los luteranos, a los que Trento opone los suyos. Obviamente al mismo nivel de significación semántica y en similar contexto san Agustín habla de los “dogmas” pelagianos. En ambos casos se trata de enseñanzas que, en cada círculo religioso, cultural se consideran comunes e importantes. Por eso, la fórmula más ajustada para calificar el decreto de Trento sobre el PO es designarlo como 'precepto doctrinal'. En él la palabra dogma mantiene su primer significado de “decreto/precepto” que en este caso es referido a una doctrina, pero en otros se refiere a comportamientos morales, o bien asuntos litúrgicos.
Unida a su índole de 'precepto doctrinal', aparece la intención primaria del mismo: tiene una función práctica, operativa, pastoral: obtener la obediencia de la Comunidad a una enseñanza que se juzga indispensable para mantener la fe en la necesidad de la Gracia y en la correlativa incapacidad del hombre para todo lo referente a la salvación. Obviamente el Tridentino no dice ni insinúa que, por otros caminos, incluso prescindiendo de la doctrina del PO, no puedan ser confesadas y comunicadas las referidas verdades básicas. Hemos insistido en que la afirmación del PO en el naciente ser humano, por su propia naturaleza, no puede aspirar más que a la certeza de una 'conclusión teológica'.
Cierto, san Agustín, por motivos polémicos, por las limitaciones que padecía en su soteriología, en su visión de la voluntad salvífica de Dios y en otros campos de la teología cristiana, nunca vio forma de defender la eficacia de la Cruz de Cristo, también para el recién nacido, sino se afirmaba el PO. El concilio de Trento, en su enseñanza sobre la justificación y el bautismo y la redención se mueve dentro del marco de ideas agustinianas. En ellas apoya su decreto/'precepto' sobre el PO. Pero, a) el camino elegido por Agustín/Trento para defender la Cruz de Cristo no es ni el mejo ni menos el único; b) un 'precepto doctrinal', por definición, está interna y sustancialmente ligado a la “circunstancia vital” en que se produjo. Cambiada ésta en forma sustancial, segura e irreversible, el 'precepto' sobre el PO pierde vigencia. La pierde, indudablemente, cuando la afirmación docente primordial del precepto tridentino: reafirmar 'la universalidad y necesidad absolutas de la acción redentora de Cristo', no sólo no se desvirtúa, sino que recupera todo su vigor la 'Gracia inicial' en todo hombre, según lo explicado. Y la consiguiente ausencia de todo 'pecado', incluso aquel difuso, misterioso pecado al que se califica de 'original'.



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