CAPÍTULO VI
LA AUTORIDAD DEL CONCILIO
DE TRENTO RESPECTO AL PECADO ORIGINAL
Es conocida la diferencia entre la autoridad de la
Escritura y de la Tradición, calificable de divina, y la autoridad del
Magisterio de la Iglesia que, por su índole, es sólo humana, aunque eclesial y
socialmente imprescindible y, en última instancia, dotada de especial
asistencia del espíritu. El Magisterio oficial, a lo largo de los siglos, ha
intervenido en distintas ocasiones, pero es comprensible y deseable para el
lector que nos fijemos en la 'autoridad' del concilio de Trento:
-Porque el Tridentino sintetiza, canoniza, y solemniza lo
más sustantivo y fiable de la anterior enseñanza de la Iglesia occidental
respecto al PO.
-Porque los textos del Tridentino han servido hasta hoy
mismo de 'norma', y hasta de 'horma', en muchos casos, para todo
el reflexionar teológico sobre el largo tema del PO.
1. POR QUÉ Y CÓMO LLEGA TRENTO AL TEMA DEL PO
Desde la primera mitad del siglo V, y hasta la primera mitad del siglo XVI, contamos once siglos en los que la creencia en el PO
impregna la teología, la religiosidad, al cultura entera de los cristianos
occidentales. Incluso podría hablarse de un exceso de creencia, una inflacción
de especulaciones en torno a esta verdad. El hombre medieval -teólogo y
no-teólogo- se contempla a sí mismo como el 'hombre caído': desterrados
hijos de Eva, que caminan gimiendo y llorando en este valle de lágrimas. ¿Qué
pudo pasar para que el magisterio se viese obligado a intervenir, en forma
solemne e impositiva, para apuntalar una creencia que parecía gozar de
privilegiada, exuberante salud?
Por aquello años M. Lutero constataba, según hemos mentado,
que “sobre el PO, fabula la turbamulta de los teólogos de varias maneras”.
El Magisterio oficial toleraba reposadamente estas discusiones
“quoodlibetales”, ya que todos estaban acordes en los sustantivo: todo hombre
entra en la existencia en situación teologal de pecado, muerte espiritual. Con
el haz de afirmaciones que a esta sustancial convicción acompañaban. Pero,
ahora mismo, observa el Tridentino, han surgido, respecto al PO, disensiones
nuevas y antiguas que afectan a la sustancia de esta verdad y de la economía
entera de salvación, DS 1510: el nacimiento del luteranismo y la reviviscencia
del pelagianismo provocan la intervención solemne y autoritaria del concilio a
favor del PO. Este contexto polémico, controversista, apologético, pastoral y
kerigmático es indispensable tenerlo a la vista para valorar, sin excesos, el
alcance del texto tridentino que ahora nos va a ocupar.
2. IMPULSO LUTERANO A LA DOCTRINA DEL PECADO ORIGINALIDAD
Como es sabido, Lutero presentó su teoría de la
justificación como la sustancia del Evangelio, del Cristianismo. En torno a
este artículo de fe, a su juicio, cae o se mantiene la Iglesia. Pero el
acontecimiento de la justificación es, de suyo, por su contenido, una realidad
antropológica. Aunque no se la entiende ni se la asimila a fondo, si no se la
acepta imbricada y traslapada con otras verdades más sustantivas y
substanciosas del credo cristiano: el concepto de Dios/sólo Dios; el concepto de
Cristo/sólo Cristo. Esta vertiente cristológica merece la mayor atención. La
enseñanza de Lutero sobre la justificación, en su tenor y contenido más
inmediato, es una enseñanza antropológica, referida al hombre. Pero, esta
verdad sobre el hombre, está mantenida 'a tergo' por una verdad
cris-tológica/soteriológica. Lutero llega a su doctrina particular sobre la
justificación desde otra preocupación más radical: salvaguardar la eficacia de
la Cruz de Cristo. Bajo la consigna que ya conocemos en san Agustín y en san
Pablo: 'ne avacuetur Crux Christy!' = '¡no vaciar de contenido la Cruz de
Cristo!' Desde aquí cobra su pleno sentido lo que Lutero dice sobre la
justificación del hombre corrompido y sobre el PO.
Se descubre en la postura de Lutero, tal como la conocían
los teólogos de Trento una jerarquía de preocupaciones e intereses religiosos y
de consiguientes afirmaciones: ante todo, hay que salvaguardar la fuerza
redentora de la Cruz de Cristo. Y, por cierto, en forma excluyente, única: 'sólo'
por la gracia que se dona en Cristo Crucificado somos salvados. Pero no
queda garantizada la fuerza única de la Cruz si, correlativamente y con similar
energía, no se afirma la absoluta impotencia, la nada soteriológica del hombre.
Hasta excluir toda colaboración, todo 'sin-ergismo' entre la Gracia y la
libertad del hombre.
Pero esta total nulidad e impotencia soteriológica del
hombre tiene raíz y origen en la corrupción de la naturaleza humana provocada
por el hombre mismo. Porque Dios hizo bueno al hombre, lo creó en santidad y
justicia, según dice la Biblia y la Tradición.
El pecado de Adán sería un 'originante' de la
corrupción profunda, religioso-moral, de la humanidad: ese pecado es una
realidad/fuerza permanente (peccatum permanens), incrustado en la última
profundidad del corazón del ser humano “existenciado” en la historia.
Puede observarse que la enseñanza específicamente luterana
sobre el PO es una verdad subsidiaria, ancilar, preambular, presupuesto de otra
verdad, también referida al hombre, pero de mayor relevancia teológica: 'la
impotencia absoluta del hombre para obtener la salvación'. Con lo cual
queda camino libre para proclamar, en exclusividad, la fuerza salvadora de la
Cruz de Cristo, que es el final a donde se quería llegar en el razonamiento de
Lutero y que, al mismo tiempo, es una de las bases de su fe como cristiano.
Llegando a aquí, quien no se a luterano puede hacerse la doble, persistente
pregunta; ¿es que para mantener la eficacia de la Cruz de Cristo y la
correlativa impotencia soteriológica del hombre es necesario recurrir a la
tesis humana del PO? Mantengamos la pregunta para, a su debido tiempo,
dirigírsela a los mantenedores de PO a estilo católico.
3. PRECAUCIÓN ANTIPELAGIANA DEL TRIDENTINO
Parecía anacrónico hablar de pelagianos en los días del
concilio de Trento. Pero, en realidad, los cánones tridentinos “Sobre el PO”
reproducen, en fondo y forma, los correlativos cánones antipelagianos del siglo V. Esta 'cautela antipelagiana' venía
provocada por un doble hecho: a) la cultura intensamente humanista de la
época estaba impregnando la teología/antropología teológica, exaltando
peligrosamente las posibilidades reales, históricas, incluso las salvíficas de
la naturaleza humana; b) y, sobre todo, por motivo de autodefensa: los
protestantes de entonces, y hasta nuestros días, a la doctrina católica sobre el PO y sobre la justificación la
tachan de dejar puerta abierta a la religión de las obras, a un pelagianismo
mal superado. Los Padres de Trento necesitaban dejar claro sus enseñanzas sobre
el PO, sobre la justificación y-en última y también primordial instancia- sobre
la eficacia de la Cruz de Cristo. Se distanciaban así conscientemente de
cualquier connivencia con el peligros pelagianismo en su figura antigua y en
sus rebrotes actuales. No olvidemos que los teólogos antiguos tenían ojos de
lince para ver brotar la mala hierba de cualquier herejía, nueva o vieja.
Por eso, también frente a la posible reaparición del
pelagianismo en su tiempo, el Tridentino quiere afianzar, ante todo, la
eficacia de la acción salvadora de Cristo. Su firme enseñanza sobre el PO se
formula bajo la consigna agustiniana y paulina: 'ne evacuetur Cruz
Christi!'; ¡no desvirtuar la eficacia y la necesidad de la Cruz de Cristo!
Porque, como quedó claro en la discusión Agustín-pelagianos, si éstos negaron
el PO y tal negación tenía importancia para la fe cristiana, se debía a que,
negando el PO, revalorizaban las posibilidades soteriológico-morales del hombre
hasta el punto de desvirtuar la necesidad absoluta de la Cruz de Cristo.
4. LECTURA Y GLOSA DEL TEXTO TRIDENTINO SOBRE EL PECADO
ORIGINAL
Pienso que es indispensable que el lector tenga a la vista
el texto de Trento y realice una lectura sosegada y crítica del mismo, para
justipreciar en su globalidad la exégesis que estamos haciendo y la conclusión
final que proponemos.
El decreto “Sobre el PO” hay que leerlo, según intención
expresa de los conciliares, con un preámbulo, preparación -incluso diplomática
y política- para el decreto sobre la justificación, DS 1520-1583 Ambos
coinciden en el interés antropológico inmediato: 'la justificación del
pecador'; ante todo del pecador adulto, pero también del niño, a quien el
Tridentino considera pecador a justificar por el bautismo. Ambos textos
trabajan sobre la misma lectura hamartiocéntrica e infralapsaria de la historia
de salvación y del acontecimiento de la justificación del hombre, DS 15524.
Finalmente -y llamamos la atención sobre este hecho- el decreto sobre la
justificación pone de relieve la dimensión cristocéntrica del acontecimiento de
la justificación en adultos y en niños. Así aparece que se expone la doctrina
sobre el PO para mejor comprender el evento de la justificación. Y éste se
explica del modo como lo hace Trento porque así lo exige la recta vivencia e
inteligencia de Cristo Salvador.
Canon 1. «Si alguno no confiesa que el primer hombre
Adán, al transgredir el mandamiento de Dios en el paraíso, perdió
inmediatamente la santidad y justicia en que había sido constituido, e incurrió
por la ofensa de esta prevaricación en la ira e indignación de Dios y, por
tanto, en la muerte con que Dios antes le había amenazado, y con la muerte en
el cautiverio bajo poder de aquel que tiene el imperio de la muerte, Hb 2.14;
es decir, el diablo, y que toda la persona de Adán por aquella ofensa de
prevaricación fue mudada en peor según el cuerpo y el alma (v. 174): sea
anatema, DS 1511».
Trento propone aquí la tradicional 'teología de Adán',
que venía rodad durante siglos. Si bien la ha despojado de varios elementos
fantasiosos y folclóricos que la acompañaban. Pero sí hay que advertir la
seguridad con que se mantienen estas convicciones.
-La realidad histórica perfecta del individuo Adán, tan
densa como pudiera ser la del rey David o la de Pablo de Tarso.
-Similar densidad histórica logran las figuras en el texto
aludidas: el paraíso; el estatuto teológico de santidad y justicia en Adán; la
transgresión originaria del hombre primero, siniestramente privilegiada; los
consiguientes castigos.
-Esta 'teología de Adán' no era una mera opinión
teológica, una cuestión discutida: era mantenida como perteneciente a la fe. Y
con tal seguridad e importancia que, quien dijere lo contrario, quedaba
excomulgado, fuera de la Comunidad de los creyentes.
Por fortuna para ellos, nadie en aquellos años hubiera
tenido ni la mera ocurrencia ni menos la audacia de negar semejante doctrina.
Hubiera para do en el tribunal y hasta en la hoguera de la Inquisición. Todos
los teólogos y padres conciliares, contados uno a uno, defendían estas ideas y
con similar franqueza. De cara a nuestra conclusión en este apartado, conviene
indicar que los teólogos actuales -los que han estudiado personalmente la
cuestión- han abandonado ya todas y cada una de las proposiciones del citado
canon tridentino. De lo contrario serían tachados de teólogos 'tridentinos',
con la connotación menos favorable que tal adjetivo implica en ciertos
ambientes y en ciertos problemas teológicos.
-En su intención docente y, en gran parte, por su redacción
y tenor gramatical el texto es plenamente antipelagiano, como lo fue el
concilio Arausicano (año 529), en quien se inspira, DS 371. Si bien en tiempo
de Trento no había 'pelagianos' explícitos, dignos de mención.
-Con este canon, Trento reafirma la índole y el origen
adánico del PO, del que luego va a hablar. Esta índole adánica del PO originado
es esencial para el concepto global que Trento tiene de la realidad del PO.
Actualmente, hay teólogos que siguen afirmando el PO en el recién nacido aunque
niegan el origen 'adánico' del mismo. Es discutible que tengan razón;
pero me parece seguro que se alejan de la enseñanza tridentina sobre el PO en
un punto esencial, que la adultera como tal doctrina específica tradicional y tridentina.
Canon 2. Pecado original originado: «Si alguno
afirma que la prevaricación de Adán le dañó a él solo y no a su descendencia;
que la santidad y justicia recibida de Dios, que él perdió, la perdió para sí
solo y no también para nosotros; o que, manchado él por el pecado de
desobediencia, sólo transmitió a todo el género humano la muerte y las penas
del cuerpo, pero no el pecado que es muerte del alma: asea anatema, pues
contradice al Apóstol..., Rm 5,12».
Es la afirmación nuclear del decreto sobre el PO visto en
su conjunto. La intención y la misma redacción del texto es obviamente
antipelagiana, cf. DS 372. No se define lo que es en sí el PO, en su esencia.
Los padres tridentinos, según las Actas, estaban muy convencidos de que
ignoraban 'esta misteriosa esencia'. Por otra parte no querían hablar
como metafísicos, sino como pastores de almas en el modo de exponer las
verdades de la fe. Se ciñen a hacer una descripción de la índole del PO viendo
sus consecuencias constatables, experimentales: la muerte y los sufrimientos de
la vida, la desenfrenada, vivaz concupiscencias. Que no serían achaques
meramente penales, sino culpables, según tradición agustiniana y, en parte,
escolástica que ellos prosiguen. Sin decir taxativamente la cuestión también
dice Trento que Rm 5,12-21 habla del PO. Otro punto en que la exégesis y la teología
actual se apartan de la exégesis de Trento, según es sabido.
El canon 3 precisa la índole del PO en estos puntos:
1) contra algunas de las opiniones de la época reafirma su convicción sobre la
unidad del PO tanto en su vertiente de pecado originante como de pecado
originado; 2) el PO no implica, meramente, una situación generalizada de
corrupción mortal, en la cual la relación de cada individuo con el PO queda
indeterminada, vagorosa. No, cada individuo es personalmente afectado y es
denominado “pecador” en sentido propio, real; 3) insiste en la 'impotencia
soteriológica' que el PO crea en la humanidad entera y en cada individuo
humano contado uno a uno; 4) por fin, pero sobre todo, con las anteriores
precisiones se quiere reafirmar lo que es la idea-eje de este decreto (y su
complemento, el de la justificación, DS 1520-1525: sólo Jesús libera al hombre,
a cada hombre, del PO y de la impotencia soteriológica que él crea en los
hombres, DS 1551. La intencionalidad y redacción antipelagiana de este texto es
clara: que no quede desvirtuada, innecesaria la Cruz de Cristo.
El canon 4, también con los pelagianos a la vista,
reafirma la necesidad de bautizar a los infantes 'para remisión de los
pecados'. Pensando, en línea agustiniana y tradicional, que la fórmula
sería una palabra hueca si los niños no tuviesen realmente pecado. Y ¿qué otro
pecado, sino el pecado que contrajeron en Adán, el PO?, como argüía Agustín.
Al hablar aquí del bautismo como remedio del PO, se
presentan los efectos de este sacramento en forma fragmentaria, ocasional, en
contexto de controversia que, por su misma índole, ha de ser sesgada,
unilateral. Se menciona tan sólo la dimensión hamartiológica del mismo. Quedan
marginados los efectos caritológicos, positivos del sacramento, que son los
primordiales: la incorporación a la nueva Comunidad de salvación, el nuevo ser,
el nuevo nacimiento, la vida nueva, la nueva criatura que nace por la fuerza
del Espíritu Santo. Con todos los efectos elevantes, gratificantes que
tendremos oportunidad de ver. Porque, aunque se niegue el PO en el recién
nacido, incluso entonces la fórmula bautismal “para remisión de los pecados” no
queda hueca de sentido. Se percibirá incluso mejor la dimensión caritológica
del sacramento que es la más rica de contenido.
El canon 5 se olvida ya de los pelagianos -recuerdo
anacrónico, pues en el siglo XVI ya no
había pelagianos en Europa- y actualiza su discurso hablando de insurgente
error luterano sobre el PO. Error que para Trento tenía doble vertiente: a) una
de índole y nivel antropológico, cual era el de considerar al hombre
radicalmente corrupto, en su actividad
religioso-moral. Su libertad sería una sentina de pecados, en el sentido más
fuerte de la palabra; b) error de hondura e índole cristológico-soteriológico: la
acción salvadora de la Cruz no llega hasta regenerar a fondo al hombre caído en
PO. Éste, incluso después del bautismo, queda en el bautizado como 'pecado
permanente' = pecatum permanens. Prueba fehaciente de ello es que en el
bautizado queda la concupiscencia, como la experimenta todo el mundo en sí y en
los demás. Que conlleva la “dura necesidad de pecar” (peccandi dura
necessitas) de agustiniana memoria. Endureciendo, incluso, la intención del
santo Doctor.
Este doble error luterano es rechazado con mayor vigor en
el decreto sobre la justificación, DS 1520-1583. Es seguro que el más peligroso
es el error soteriológico-cristológico. Porque, incluso admitida la corrupción
radical de la libertad humana y la derivada impotencia soteriológica absoluta,
no estamos irremediablemente perdidos, si admitimos que la Gracia de Dios por
Cristo nos hace nueva criatura, que nuestro presunto PO queda del todo
destruido, que somos realmente 'recreados'. Extremo éste que, a juicio de
Trento, los luteranos no querían reconocer, pues el PO es para ellos un “pecado
permanente”.
De todas formas, por parte católica, hasta nuestros días,
nunca ha sido explicada satisfactoriamente la relación entre PO y la permanente
concupiscencia, “que proviene del pecado y al pecado impulsa”.
5. JERARQUÍA DE VERDADES EN EL TEXTO TRIDENTINO SOBRE EL
PECADO ORIGINAL
Hemos indicado cómo la negación del PO por parte de los
pelagianos y su exacerbación por parte de Lutero viene enmarcada, dimensionada
dentro de su modo de vivir y entender la eficacia salvadora de la Cruz. Se
patentiza en ellos una 'jerarquía de errores' que no se debe olvidar a
la hora de valorar la correlativa 'jerarquía de verdades' que el
Tridentino propone. Explicamos un poco más la idea que hemos venido insinuando:
la jerarquía de “verdades” existente en el texto de Trento sobre el PO. Recurrimos a una idea
muy aceptada y muy importante en la interpretación de cualquier texto teológico
de primer o segundo grado. Para la clasificación que vamos a hacer, partimos
del hecho de la unidad formada por el decreto sobre el PO, con el de la
justificación, al modo explicado.
A) NO DESVIRTUAR LA
FUERZA SALVADORA DE LA CRUZ DE CRISTO/NE EVACUEUR CRUX CHRISTI!
Es la consigna que mantuvo a san Agustín firme y
merecidamente victorioso frente a los pelagianos. Éstos desvirtuaban la Cruz de
Cristo al proponer una naturaleza humana sana, íntegra, “santa”, inocente,
dotada al nacer por el Creador de la posibilidad real (= possibilitas) para
todo el bien moral y saludable (= salutaris). Lutero, no obstante su énfasis en
proclamar la sola Gracia/solo Cristo /sola Cruz, en realidad -a juicio de
Trento-. Reducía ésta a la inoperancia al decir que no llegaba a borrar
radicalmente el PO del alma del pecador. Cierto es que, en el tema de la
justificación, se presentaba a discusión un problema de índole antropológica:
se discute sobre el estatuto teologal del hombre cristiano. Pero el error de
Lutero en antropología teológica cobra su última gravedad porque comporta un
error teológico(cristológico: error sobre el poder y eficacia real de la Gracia
de la Gracia de Dios que se otorga en Cristo.
Este encuadre cristológico/soteriológico es el preferido
por los actuales estudiosos del problema del PO. Idéntica preocupación e
interés soteriológico preferencial se descubre al fondo del texto tridentino
sobre el PO y sobre la justificación que le acompaña y completa.
Completando y concretando la preocupación soteriológica,
encontramos la referencia eclesiológica. La acción salvadora de Cristo en toda
la discusión antipelagiana/antiluterana de Trento se concentraba, de hecho y
por necesidad polémica, en torno al acontecimiento eclesial de la
administración del 'bautismo a los párvulos'. Si bien las afirmaciones
valen para el bautismo administrado en cualquier momento y para la
justificación que acontece en los adultos.
Pues bien, a juicio del Tridentino, Lutero desvirtuaba la
eficacia del bautismo al decir que no borraba radicalmente el PO, sino que sólo
testificaba que no ha sido imputado este pecado, 'permanente' incluso en
el hombre cristiano. Los pelagianos eran favorables al bautismo también para
los niños, pero tergiversaban -a juicio de Agustín y de Trento- la auténtica
motivación teológica de tal práctica: no debe administrarse, decían, el
bautismo a los bebés para remisión de los pecados: sería un sinsentido, ya que
no tienen pecado ninguno. El bautismo hace mejores a los que ya nacían buenos.
Trento no excluye la motivación caritológica, incluso la menciona; pero insiste
en que hay que mantener la motivación hamartiológica: borrar el PO en el recién
nacido.
B) VERDAD ANTROPOLÓGICA:
IMPOTENCIA SOTERIOLÓGICA DEL HOMBRE
Esta afirmación referida 'a' y calificadora 'del'
hombre sujeto de la consideración del teólogo, es correlato esencial,
imprescindible, que viene 'co-afirmada' siempre que se proclame la
necesidad absoluta de la gracia del Salvador. Al proclamar el Tridentino la
fuerza salvadora de la Cruz, 'co-afirmada', con similar insistencia, la
impotencia del hombre para salvarse sin la gracia de Cristo. Sobre esta
impotencia humana estaban a la vista las desvaloraciones antiguas y nuevas. Los
pelagianos enfatizaban el poder del hombre cristiano para conseguir la
salvación, una vez que había recibido de Dios el don de una naturaleza sana,
íntegra, inocente, santa. La Cruz no quedaba eliminada, pero sí desplazada
hacia el exterior de la libertad humana. Lutero, con la sana intención de
magnificar la Cruz, despotenciaba al hombre hasta convertirle en una especie de
tronco inerte ante la acción de la Gracia, DS1554. Esta exageración de la
impotencia se vengaba de sus cultivadores, porque, en vez de magnificar la
fuerza de la Cruz, la enerva ostensiblemente, a juicio de los católicos.
Al mismo tiempo que se afirmaba lo que llamaríamos el hecho
bruto y neto de tal impotencia, los dos contendientes decían ya algo sobre la
naturaleza de la misma, como no podía ser menos. Pero, dando un paso más,,
manifestaban su convicción de que sabían algo
(lo suficiente, para ellos) sobre el 'origen' de la incapacidad
del hombre histórico para conseguir la salvación: la situación universal y
radical de pecado, situación que incluía
incluso al ser humano que empieza a germinar en el vientre de la madre.
¿Cómo pensar que la incontable “humanidad infantil” no está necesitada de Cristo?
¿Y cómo podríamos afirmar que necesita de Cristo, si no tuviese pecado? ¿Y qué
otro pecado podría tener el niño sino el PO? (S. Agustín).
Un creyente que cultive un concepto adecuado sobre Dios
creador bueno, sobre la dignidad del hombre imagen de Dios, sobre el 'pecado'
como libre desobediencia del hombre a Dios, no puede contentarse con la mera y
dura afirmación de que el hombre es pecador congénito. No puede menos de
preguntarse cómo se llegó a tan insólita, enigmática situación. Carente como
estaba de los recursos, de metodología, de oportunidad para realizar una
reflexión científico-teológica, Trento nos ofrece lo que hoy llamamos un texto
de teología narrativa. Relata, cuenta lo
que le pasó al género humano 'in illo tempore', en los abismales inicios
de su historia, en los prestigiosos y divinales orígenes que describe Gn 2-3.
Los teólogos y Padres de Trento dicen al
respecto 'lo que siempre se ha dicho'. Incluso, como hoy sabemos bien, lo que
dijeron otros hombres antes que los cristianos: que hubo un “viejo pecado” que
llenó de miseria la historia humana.
De ahí el tercer momento del texto tridentino.
C) UNA VERDAD DE ÍNDOLE
EXPLICATIVA, ETIOLÓGICA, CAUSAL
Como tal calificamos -siguiendo a muchos autores- el
recurso de Trento a la narración de Gn 1-3 sobre adán; a lo que nosotros hemos
calificado teología y 'teologúmeno de Adán'. Éste perdió su estado de
'santidad y justicia' y causó la ruina espiritual e integral en la que ahora
gime la humanidad. Obviamente el Tridentino no carga sobre el PO toda la
situación pecadora en que la humanidad gime. Pero ésta dimana de la fuente del
PO (originante y originado), y no habría aparecido en nuestra historia de no
haber ocurrido el pecado de Adán.
Leyendo los textos en dirección de menor a mayor importancia
tendremos.
-el pecado del Adán paradisíaco es el originante y creador
de la situación universal del pecado en que yace la humanidad;
-esta situación pecadora crea en la humanidad y en cada
hombre una universal/insuperable 'impotencia soteriológica';
-la cual hace universal y absolutamente necesario al
Salvador Jesús (quien comunica su salvación por medio del bautismo).
6. EL LEGADO DE TRENTO QUE DEBEMOS RECIBIR Y TRANSMITIR
Hemos resumido la enseñanza del Tridentino sobre el PO en
tres afirmaciones clave (y una colateral, que ahora no comentamos). Al paso
hemos dejado caer otras varias, caducas, efímeras por su propia índole y por el
entorno religioso cultural en que fueron proferidas. Dentro de las tres, hemos
subrayado la jerarquía de valiosidad e importancia salvífica de las mismas. Con
ello se ha realizado un discernimiento crítico en la lectura del texto
conciliar. Avanzamos en ese camino.
a)Hace años afirmaba P. Schoonenberg que el tema del PO se
ha convertido en un 'test decisivo' para la hermenéutica de los textos
conciliares y del Magisterio de la Iglesia en general. Es obvio que, en nuestro
caso, el 'test' aludido lo constituyen los cánones tridentinos sobre el
PO. Nuestra largas reflexiones sobre la cuestión y la lectura de los mejores
estudios dedicados al tema nos han llevado a las apretadas conclusiones que
hemos propuesto y que ahora completamos desde la perspectiva hermenéutica.
«Un hodierno lector de los textos tridentinos debe
compartir una seria convicción sobre la relatividad, circustancialidad,
contextualidad, índole fragmentaria, evolutiva y procesual de toda captación y
expresión humana de la verdad. Incluida la verdad sobre cuyo origen divino no
albergamos dudas. Los pronunciamientos de Trento sobre el PO están, sin posible
excepción, sujetos a estas limitaciones y condicionamientos del humano conocer
y del humano hablar. Los dichos de Trento tienen su verdad, su indiscutible
valía teológica dentro de la circunstancia vital toda entera -mental,
religiosa-vivencial, cultural- en que fueron proferidos. Hoy mismo nos sentimos
obligados a realizar sobre ellos esta tarea que juzgamos ineludible y arriscada
al mismo tiempo: la de transculturar, e inculturar el mensaje de Trento sobre
el PO en la 'circunstancia vital' toda entera -religioso-vivencial,
teológica, cultural- en que nos encontramos en el umbral del siglo XXI, ¿qué es lo que podemos/debemos asumir y
transmitir, y qué es lo que debemos dejar caer como adherencias coyunturales,
perecederas?».
En este momento me parece conveniente decir, con el debido
respeto, que algunos teólogos sistemáticos (llamados también especulativos y
dogmáticos) aprueban los métodos de rigurosa hermenéutica que los escrituristas
católicos aplican a los textos bíblicos, con indiscutible éxito, desde hace varios
decenios. En cambio, parece que son renuentes a la hora de aplicar similar
hermenéutica a los textos del Magisterio, en el caso del Tridentino. Una
teología que quiera ser científica debe ejercer una continuada y rigurosa labor
crítica sobre sus propios principios. A los textos del Tridentino no se les
puede conceder una inmutabilidad, sacralidad, intangibilidad igual y menos
superior a la concedida a los textos bíblicos. Los textos tridentinos hay que
someterlos al mismo tratamiento histórico-crítico, a las leyes de la
hermenéutica de las culturas y de los géneros literarios que, tan exitosamente,
han sufrido los textos de la Escritura.
b)'El legado de Trento que debemos recibir y
transmitir', por nuestra parte, se cifra en esta fórmula repetida desde san
Pablo y san Agustín: No desvirtuar la Cruz de Cristo = ne evacuetur
Crux Christi!: Dejar clara la verdad fundante de nuestra fe: la
universalidad y 'sobreabundancia' de la redención de Cristo. La
vertiente antropológica de este dogma cristológico es la afirmación de la
incapacidad absoluta del hombre para obtener, por sus propias energías, la
Salvación: Vida eterna.
El texto tridentino sobre el PO y su complemento, el de la
justificación, la necesidad del Salvador la funda en el hecho d la universal,
profunda situación de pecado en que se encuentra la humanidad histórica a la
que dirige su mensaje. Es la situación de PO (originante y originado), con toda
la constelación de afirmaciones antecedentes, concomitantes y consiguientes que
nos son conocidas. Por motivos polémicos se insiste en el pecado de los niños.
Y también por motivos de política eclesiástica.
Parece claro que, con el recurso a la secular doctrina del
PO, el Tridentino quiere ofrecer una
aclaración de tal situación a nivel pastoral, de etiología descriptiva,
práctica, funcional, de marcado interés polémico, “para recuperar a los
errantes y confirmar a los vacilantes”, DS1519. En este contexto, dada la
índole instrumental, subsidiaria, ancilar que la doctrina del PO tiene respecto
del dogma de la Redención, brota la inevitable, recurrente, pertinaz pregunta: ¿es
que para mantener la universalidad y sobreabundancia de la Salvación es
necesario seguir manteniendo la doctrina del PO? Naturalmente, esta
pregunta no se hace en un artificial ambiente o por rebuscado interés
académico. El lector conoce las severas y, en casos, letales objeciones que la
hodierna sensibilidad cristiana -desde diversos puntos de mira- opone a la
'creencia' en el PO. Las hemos ido
mencionando y habrá que volver sobre ellas.
7. NO HAY PELIGRO, MIENTRAS QUEDE CLARA LA REDENCIÓN
Son conocidas las dificultades que Agustín encontró para
explicar el origen del alma. Provenientes, en gran parte, de su teoría del PO.
Terminaba la discusión con esta sabia advertencia de teólogo: “Aunque se nos
oculte el origen del alma, 'mientras quede clara la Redención no hay
peligro'. Porque no creemos en Cristo para nacer, sino para renacer, sea
cual fuere el modo en que hayamos nacido”. Me parece del todo legítima la
aplicación extensiva que hacemos de esta fórmula al problema global del PO:
aunque se nos oculte el origen de la universal situación pecadora de la
humanidad (¿por el PO?, ¿por los pecados personales?, ¿por ambas fuentes?, ¿por
el 'viejo pecado' cometido en la preexistencia, en los orígenes celestes del
hombre?). 'Mientras queda clara la necesidad del salvador, no hay peligro
para nuestra fe en Cristo'. La palabra de Dios no nos declara pecadores
para que nos demoremos en interminables, a veces hipócritas investigaciones
sobre el origen del pecado humano, sino para que busquemos al Salvador.
Otro texto agustiniano nos pone en la misma pista: “Si
confesamos que tanto los párvulos como los mayores, es decir, que desde los
vagidos de la infancia hasta la canicie de los viejos, tenemos necesidad de
este Salvador y de su medicina, del Verbo hecho carne para habitar con
nosotros, se ha acabado toda discusión entre nosotros”.
Más adelante comentaremos el 'elegante apólogo' del hombre
que cayó en el pozo y que Agustín comenta en contexto similar al nuestro.
El largo análisis del texto tridentino sobre el PO podemos
finalizarlo pacíficamente con esta conclusión:
Mientras que, con el concilio de Trento, afirmemos la
necesidad absoluta del Salvador y la correlativa impotencia soteriológica del
hombre) no hay controversia entre nosotros, aunque neguemos el PO. Ahora bien,
nuestra propuesta sobre la inocencia y Gracia inicial del recién llegado a la
existencia, no sólo no oscurece aquella verdad, sino que esclarece su
universalidad y sobreabundancia en forma ostensiblemente más nítida que la
correlativa afirmación del pecado y la des-gracia original. Obtenemos la misma
finalidad del texto tridentino por otros caminos que el concilio no transitó,
pero que,a juicio nuestro, son más llanos y directos que los recorridos por el
proceso explicativo del concilio de Trento. Vale decir, de sus Padres y sus
teólogos.
8. POR QUÉ RELATIVIZAMOS EL VALOR DEL TEXTO TRIDENTINO
Relativizar no puede significar el negar de raíz toda
valiosidad al texto, invalidarlo para 'entonces' y para siempre. El
texto mantiene un objetivo valor circunstancial, subsidiario, epocal, ancilar.
Está destinado a vehicular y servir de apoyatura y subsuelo mental a verdades
de fe más altas y sustantivas: la necesidad absoluta de la salvación de Cristo
(¡no desvalorizar la Cruz de Cristo!) y la correlativa impotencia del hombre
para salvarse. En la circunstancia histórica en que el texto se produjo cumplió
a satisfacción esta indispensable función. Pero, al ser inculturada y transculturada
(como ahora decimos) al entorno vital, religioso, teológico, cultural, humano
en que estamos inmersos, aquellas motivaciones, según pensamos, han perdido su
eficacia:
-El fundamento bíblico y tradicional sobre el que
trabajaban está lejos de ser tan seguro como en Trento se pensaba.
-La visión que tienen los teólogos y Padres de Trento sobre
la acción salvadora de Cristo, presupuesto mental de su propuesta sobre el PO,
es más bien unilateral, sesgada. Supone una 'visión hamartiocéntrica' de
la necesidad de la redención y de la gracia. Pero en la 'actual'
historia humana lo primero es la Gracia, el pecado es un advenedizo.
-Operan desde una visión estática, inmovilista, fijista de
la situación del hombre en el cosmos y en la historia. Sería anacrónico buscar
allí -en aquella época y en aquellos hombres- la visión evolutiva, procesual,
dinámica del ser y de la historia que, para nosotros, es la única aceptable.
Firme lo dicho, no vemos razonable hablar de “error”,
equivocación en el comentado texto tridentino. Este no delata ningún “error”,
sino una “limitación” en el conocimiento, por parte de Trento, de la insondable
grandeza del misterio de Cristo. Grandeza que siempre conocerá con numerosas
“limitaciones” en la Iglesia del siglo XVI
y la del siglo XXI. En lenguaje paladino
podríamos decir: cuando el concilio de Trento propone la doctrina del PO para
afianzar la fe en la necesidad de la gracia de Cristo, muestra una explicable y
hasta, históricamente, inevitable limitación en sus conocimientos teológicos.
Pero si un teólogo del siglo XXI hace esa
misma afirmación, no tendríamos inconveniente en decirle que comete un claro 'error',
producto de sus defectuosos conocimientos en soteriología, antropología y
caritología teológica [En otros campos del saber humano encontramos casos
'similares'. Los mejores sabios de la Edad Media, en Europa y fuera de ella,
trabajaban con la teoría de que el sol gira alrededor de la tierra. Si somos
precisos en nuestro lenguaje y justos con ellos no diremos que cometieron por
ello un “error”. Se trata de una limitación dentro del progreso del saber
humano. En “error” incurre el autor de una afirmación, si tenía la obligación
profesional o moral de conocer mejor el problema, atendida la situación global
de la ciencia en su época. Por otra parte, considerada la complicada situación
cultural, religiosa y teológica en que vivió y polemizó san Agustín, el haber
propuesto la teoría del PO podía calificarse de un inevitable 'infortunio
doctrinal', más que de un error. Incluso hoy mismo todos hablamos de la salida
del sol y de su ocaso. No cometemos ningún error. Ni exhibimos una 'limitación'
de nuestro saber. Simplemente estamos en otro juego lingüístico distinto. Por
eso, podemos decir que un teólogo del siglo XVI
no cometía “error” hablando del PO. Y sí lo cometería, a juicio nuestro, el que
afirme la teoría del PO al entrar en el siglo XXI].
9. EL DECRETO TRIDENTINO COMO “PRECEPTO DOCTRINAL”
Esta designación me parece puede ilustrar el valor que
entonces tenía y ahora mantiene el texto de Trento sobre el PO. Con esta
designación queremos 'excluir', en primer término, que la declaración del
Tridentino tenga el valor de un “dogma” en sentido fuerte de la palabra. El que
es usual en la terminología escolástica de los siglos XIX y XX. Se denomina
actualmente “dogma” una verdad que se piensa que tiene apoyo formal, explícito,
directo en la Palabra de Dios. Los teólogos neoescolásticos calificaban a la
doctrina tridentina sobre el PO como “dogma” a este más alto nivel.
En realidad, el
Tridentino no conocía esta terminología tan rígida. Habla de “dogma” en sentido
usual en siglos anteriores. Por ejemplo, habla de los “dogmas” de los
luteranos, a los que Trento opone los suyos. Obviamente al mismo nivel de
significación semántica y en similar contexto san Agustín habla de los “dogmas”
pelagianos. En ambos casos se trata de enseñanzas que, en cada círculo
religioso, cultural se consideran comunes e importantes. Por eso, la fórmula
más ajustada para calificar el decreto de Trento sobre el PO es designarlo como
'precepto doctrinal'. En él la palabra dogma mantiene su primer
significado de “decreto/precepto” que en este caso es referido a una doctrina,
pero en otros se refiere a comportamientos morales, o bien asuntos litúrgicos.
Unida a su índole de 'precepto doctrinal', aparece
la intención primaria del mismo: tiene una función práctica, operativa,
pastoral: obtener la obediencia de la Comunidad a una enseñanza que se juzga
indispensable para mantener la fe en la necesidad de la Gracia y en la
correlativa incapacidad del hombre para todo lo referente a la salvación.
Obviamente el Tridentino no dice ni insinúa que, por otros caminos, incluso
prescindiendo de la doctrina del PO, no puedan ser confesadas y comunicadas las
referidas verdades básicas. Hemos insistido en que la afirmación del PO en el
naciente ser humano, por su propia naturaleza, no puede aspirar más que a la
certeza de una 'conclusión teológica'.
Cierto, san Agustín, por motivos polémicos, por las
limitaciones que padecía en su soteriología, en su visión de la voluntad
salvífica de Dios y en otros campos de la teología cristiana, nunca vio forma
de defender la eficacia de la Cruz de Cristo, también para el recién nacido,
sino se afirmaba el PO. El concilio de Trento, en su enseñanza sobre la
justificación y el bautismo y la redención se mueve dentro del marco de ideas
agustinianas. En ellas apoya su decreto/'precepto' sobre el PO. Pero, a)
el camino elegido por Agustín/Trento para defender la Cruz de Cristo no es ni
el mejo ni menos el único; b) un 'precepto doctrinal', por definición, está
interna y sustancialmente ligado a la “circunstancia vital” en que se produjo.
Cambiada ésta en forma sustancial, segura e irreversible, el 'precepto'
sobre el PO pierde vigencia. La pierde, indudablemente, cuando la afirmación
docente primordial del precepto tridentino: reafirmar 'la universalidad y
necesidad absolutas de la acción redentora de Cristo', no sólo no se
desvirtúa, sino que recupera todo su vigor la 'Gracia inicial' en todo
hombre, según lo explicado. Y la consiguiente ausencia de todo 'pecado',
incluso aquel difuso, misterioso pecado al que se califica de 'original'.
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