CAPÍTULO VI
LA AUTORIDAD DEL CONCILIO DE TRENTO RESPECTO AL PECADO ORIGINAL
Es conocida la
diferencia entre la autoridad de la Escritura y de la Tradición, calificable de
divina, y la autoridad del Magisterio de la Iglesia que, por su índole, es sólo
humana, aunque eclesial y socialmente imprescindible y, en última instancia, dotada
de especial asistencia del Espíritu. El Magisterio oficial, a lo largo de los
siglos, ha intervenido en distintas ocasiones, pero es comprensible y deseable
para el lector que nos fijemos en la 'autoridad' del concilio de Trento:
-Porque el
Tridentino sintetiza, canoniza, y solemniza lo más sustantivo y fiable de la
anterior enseñanza de la Iglesia occidental respecto al PO.
-Porque los textos del Tridentino han servido hasta hoy mismo de 'norma', y hasta de 'horma', en muchos casos, para todo el reflexionar teológico sobre el largo tema del PO.
1. POR QUÉ Y CÓMO LLEGA TRENTO AL TEMA DEL PO
Desde la
primera mitad del siglo V, y hasta la
primera mitad del siglo XVI, contamos
once siglos en los que la creencia en el PO impregna la teología, la
religiosidad, la cultura entera de los cristianos occidentales. Incluso podría
hablarse de un exceso de creencia, una inflación de especulaciones en torno a
esta verdad. El hombre medieval -teólogo y no-teólogo- se contempla a sí mismo
como el 'hombre caído': desterrados hijos de Eva, que caminan gimiendo y
llorando en este valle de lágrimas. ¿Qué pudo pasar para que el magisterio se
viese obligado a intervenir, en forma solemne e impositiva, para apuntalar una
creencia que parecía gozar de privilegiada, exuberante salud?
Por aquello años M. Lutero constataba, según hemos mentado, que “sobre el PO, fabula la turbamulta de los teólogos de varias maneras”. El Magisterio oficial toleraba reposadamente estas discusiones “quoodlibetales”, ya que todos estaban acordes en los sustantivo: todo hombre entra en la existencia en situación teologal de pecado, muerte espiritual. Con el haz de afirmaciones que a esta sustancial convicción acompañaban. Pero, ahora mismo, observa el Tridentino, han surgido, respecto al PO, disensiones nuevas y antiguas que afectan a la sustancia de esta verdad y de la economía entera de salvación, DS 1510: el nacimiento del luteranismo y la reviviscencia del pelagianismo provocan la intervención solemne y autoritaria del concilio a favor del PO. Este contexto polémico, controversista, apologético, pastoral y kerigmático es indispensable tenerlo a la vista para valorar, sin excesos, el alcance del texto tridentino que ahora nos va a ocupar.
2. IMPULSO LUTERANO A LA DOCTRINA DEL PECADO ORIGINAL
Como es sabido,
Lutero presentó su teoría de la justificación como la sustancia del Evangelio,
del Cristianismo. En torno a este artículo de fe, a su juicio, cae o se
mantiene la Iglesia. Pero el acontecimiento de la justificación es, de suyo,
por su contenido, una realidad antropológica. Aunque no se la entiende ni se la
asimila a fondo, si no se la acepta imbricada y traslapada con otras verdades
más sustantivas y substanciosas del credo cristiano: el concepto de Dios/sólo
Dios; el concepto de Cristo/sólo Cristo. Esta vertiente cristológica merece la
mayor atención. La enseñanza de Lutero sobre la justificación, en su tenor y
contenido más inmediato, es una enseñanza antropológica, referida al hombre.
Pero, esta verdad sobre el hombre, está mantenida 'a tergo' por una
verdad cris-tológica/soteriológica. Lutero llega a su doctrina particular sobre
la justificación desde otra preocupación más radical: salvaguardar la eficacia
de la Cruz de Cristo. Bajo la consigna que ya conocemos en san Agustín y en san
Pablo: 'ne avacuetur Crux Christy!' = '¡no vaciar de contenido la Cruz de
Cristo!' Desde aquí cobra su pleno sentido lo que Lutero dice sobre la
justificación del hombre corrompido y sobre el PO.
Se descubre en
la postura de Lutero, tal como la conocían los teólogos de Trento una jerarquía
de preocupaciones e intereses religiosos y de consiguientes afirmaciones: ante
todo, hay que salvaguardar la fuerza redentora de la Cruz de Cristo. Y, por
cierto, en forma excluyente, única: 'sólo' por la gracia que se dona en
Cristo Crucificado somos salvados.
Pero no queda
garantizada la fuerza única de la Cruz si, correlativamente y con similar
energía, no se afirma la absoluta impotencia, la nada soteriológica del hombre.
Hasta excluir toda colaboración, todo 'sin-ergismo' entre la Gracia y la
libertad del hombre.
Pero esta total
nulidad e impotencia soteriológica del hombre tiene raíz y origen en la
corrupción de la naturaleza humana provocada por el hombre mismo. Porque Dios
hizo bueno al hombre, lo creó en santidad y justicia, según dice la Biblia y la
Tradición.
El pecado de
Adán sería un 'originante' de la corrupción profunda, religioso-moral,
de la humanidad: ese pecado es una realidad/fuerza permanente (peccatum
permanens), incrustado en la última profundidad del corazón del ser humano
“existenciado” en la historia.
Puede observarse que la enseñanza específicamente luterana sobre el PO es una verdad subsidiaria, ancilar, preambular, presupuesto de otra verdad, también referida al hombre, pero de mayor relevancia teológica: 'la impotencia absoluta del hombre para obtener la salvación'. Con lo cual queda camino libre para proclamar, en exclusividad, la fuerza salvadora de la Cruz de Cristo, que es el final a donde se quería llegar en el razonamiento de Lutero y que, al mismo tiempo, es una de las bases de su fe como cristiano. Llegando aquí, quien no sea luterano puede hacerse la doble, persistente pregunta; ¿es que para mantener la eficacia de la Cruz de Cristo y la correlativa impotencia soteriológica del hombre es necesario recurrir a la tesis humana del PO? Mantengamos la pregunta para, a su debido tiempo, dirigírsela a los mantenedores de PO a estilo católico.
3. PRECAUCIÓN ANTIPELAGIANA DEL TRIDENTINO
Parecía
anacrónico hablar de pelagianos en los días del concilio de Trento. Pero, en
realidad, los cánones tridentinos “Sobre el PO” reproducen, en fondo y forma,
los correlativos cánones antipelagianos del siglo
V. Esta 'cautela antipelagiana' venía provocada por un doble
hecho: a) la cultura intensamente humanista de la época estaba
impregnando la teología/antropología teológica, exaltando peligrosamente las
posibilidades reales, históricas, incluso las salvíficas de la naturaleza
humana; b) y, sobre todo, por motivo de autodefensa: los protestantes de
entonces, y hasta nuestros días, a la doctrina católica sobre el PO y sobre la
justificación la tachan de dejar puerta abierta a la religión de las obras, a
un pelagianismo mal superado. Los Padres de Trento necesitaban dejar claro sus
enseñanzas sobre el PO, sobre la justificación y -en última y también
primordial instancia- sobre la eficacia de la Cruz de Cristo. Se distanciaban
así conscientemente de cualquier connivencia con el peligros pelagianismo en su
figura antigua y en sus rebrotes actuales. No olvidemos que los teólogos
antiguos tenían ojos de lince para ver brotar la mala hierba de cualquier
herejía, nueva o vieja.
Por eso, también frente a la posible reaparición del pelagianismo en su tiempo, el Tridentino quiere afianzar, ante todo, la eficacia de la acción salvadora de Cristo. Su firme enseñanza sobre el PO se formula bajo la consigna agustiniana y paulina: 'ne evacuetur Cruz Christi!'; ¡no desvirtuar la eficacia y la necesidad de la Cruz de Cristo! Porque, como quedó claro en la discusión Agustín-pelagianos, si éstos negaron el PO y tal negación tenía importancia para la fe cristiana, se debía a que, negando el PO, revalorizaban las posibilidades soteriológico-morales del hombre hasta el punto de desvirtuar la necesidad absoluta de la Cruz de Cristo.
4. LECTURA Y GLOSA DEL TEXTO TRIDENTINO SOBRE EL PECADO ORIGINAL
Pienso que es
indispensable que el lector tenga a la vista el texto de Trento y realice una
lectura sosegada y crítica del mismo, para justipreciar en su globalidad la
exégesis que estamos haciendo y la conclusión final que proponemos.
El decreto “Sobre el PO” hay que leerlo, según intención expresa de los conciliares, con un preámbulo, preparación -incluso diplomática y política- para el decreto sobre la justificación, DS 1520-1583. Ambos coinciden en el interés antropológico inmediato: 'la justificación del pecador'; ante todo del pecador adulto, pero también del niño, a quien el Tridentino considera pecador a justificar por el bautismo. Ambos textos trabajan sobre la misma lectura hamartiocéntrica e infralapsaria de la historia de salvación y del acontecimiento de la justificación del hombre, DS 15524.
Finalmente -y llamamos la atención sobre este hecho- el decreto sobre la justificación pone de relieve la dimensión cristocéntrica del acontecimiento de la justificación en adultos y en niños. Así aparece que se expone la doctrina sobre el PO para mejor comprender el evento de la justificación. Y éste se explica del modo como lo hace Trento porque así lo exige la recta vivencia e inteligencia de Cristo Salvador.
Canon 1. «Si alguno no confiesa que el primer hombre Adán, al transgredir el mandamiento de Dios en el paraíso, perdió inmediatamente la santidad y justicia en que había sido constituido, e incurrió por la ofensa de esta prevaricación en la ira e indignación de Dios y, por tanto, en la muerte con que Dios antes le había amenazado, y con la muerte en el cautiverio bajo poder de aquel que tiene el imperio de la muerte, Hb 2.14; es decir, el diablo, y que toda la persona de Adán por aquella ofensa de prevaricación fue mudada en peor según el cuerpo y el alma (v. 174): sea anatema, DS 1511».
Trento propone
aquí la tradicional 'teología de Adán', que venía rodad durante siglos.
Si bien la ha despojado de varios elementos fantasiosos y folclóricos que la
acompañaban. Pero sí hay que advertir la seguridad con que se mantienen estas
convicciones.
-La realidad
histórica perfecta del individuo Adán, tan densa como pudiera ser la del rey
David o la de Pablo de Tarso.
-Similar
densidad histórica logran las figuras en el texto aludidas: el paraíso; el
estatuto teológico de santidad y justicia en Adán; la transgresión originaria
del hombre primero, siniestramente privilegiada; los consiguientes castigos.
-Esta 'teología
de Adán' no era una mera opinión teológica, una cuestión discutida: era
mantenida como perteneciente a la fe. Y con tal seguridad e importancia que,
quien dijere lo contrario, quedaba excomulgado, fuera de la Comunidad de los
creyentes.
Por fortuna
para ellos, nadie en aquellos años hubiera tenido ni la mera ocurrencia ni
menos la audacia de negar semejante doctrina. Hubiera parado en el tribunal y
hasta en la hoguera de la Inquisición. Todos los teólogos y padres conciliares,
contados uno a uno, defendían estas ideas y con similar franqueza. De cara a
nuestra conclusión en este apartado, conviene indicar que los teólogos actuales
-los que han estudiado personalmente la cuestión- han abandonado ya todas y
cada una de las proposiciones del citado canon tridentino. De lo contrario
serían tachados de teólogos 'tridentinos', con la connotación menos favorable
que tal adjetivo implica en ciertos ambientes y en ciertos problemas
teológicos.
-En su
intención docente y, en gran parte, por su redacción y tenor gramatical el
texto es plenamente antipelagiano, como lo fue el concilio Arausicano (año
529), en quien se inspira, DS 371. Si bien en tiempo de Trento no había
'pelagianos' explícitos, dignos de mención.
-Con este canon, Trento reafirma la índole y el origen adánico del PO, del que luego va a hablar. Esta índole adánica del PO originado es esencial para el concepto global que Trento tiene de la realidad del PO. Actualmente, hay teólogos que siguen afirmando el PO en el recién nacido aunque niegan el origen 'adánico' del mismo. Es discutible que tengan razón; pero me parece seguro que se alejan de la enseñanza tridentina sobre el PO en un punto esencial, que la adultera como tal doctrina específica tradicional y tridentina.
Canon 2. Pecado original originado: «Si alguno afirma que la prevaricación de Adán le dañó a él solo y no a su descendencia; que la santidad y justicia recibida de Dios, que él perdió, la perdió para sí solo y no también para nosotros; o que, manchado él por el pecado de desobediencia, sólo transmitió a todo el género humano la muerte y las penas del cuerpo, pero no el pecado que es muerte del alma: asea anatema, pues contradice al Apóstol..., Rm 5,12».
Es la afirmación nuclear del decreto sobre el PO visto en su conjunto. La intención y la misma redacción del texto es obviamente antipelagiana, cf. DS 372. No se define lo que es en sí el PO, en su esencia. Los padres tridentinos, según las Actas, estaban muy convencidos de que ignoraban 'esta misteriosa esencia'. Por otra parte no querían hablar como metafísicos, sino como pastores de almas en el modo de exponer las verdades de la fe. Se ciñen a hacer una descripción de la índole del PO viendo sus consecuencias constatables, experimentales: la muerte y los sufrimientos de la vida, la desenfrenada, vivaz concupiscencia.
Que no serían achaques meramente penales, sino culpables, según tradición agustiniana y, en parte, escolástica que ellos prosiguen. Sin decir taxativamente la cuestión también dice Trento que Rm 5,12-21 habla del PO. Otro punto en que la exégesis y la teología actual se apartan de la exégesis de Trento, según es sabido.
El canon 3 precisa la índole del PO en estos puntos: 1) contra algunas de las opiniones de la época reafirma su convicción sobre la unidad del PO tanto en su vertiente de pecado originante como de pecado originado; 2) el PO no implica, meramente, una situación generalizada de corrupción mortal, en la cual la relación de cada individuo con el PO queda indeterminada, vagorosa. No, cada individuo es personalmente afectado y es denominado “pecador” en sentido propio, real; 3) insiste en la 'impotencia soteriológica' que el PO crea en la humanidad entera y en cada individuo humano contado uno a uno; 4) por fin, pero sobre todo, con las anteriores precisiones se quiere reafirmar lo que es la idea-eje de este decreto (y su complemento, el de la justificación, DS 1520-1525: sólo Jesús libera al hombre, a cada hombre, del PO y de la impotencia soteriológica que él crea en los hombres, DS 1551. La intencionalidad y redacción antipelagiana de este texto es clara: que no quede desvirtuada, innecesaria la Cruz de Cristo.
El canon 4, también con los pelagianos a la vista, reafirma la necesidad de bautizar a los infantes 'para remisión de los pecados'. Pensando, en línea agustiniana y tradicional, que la fórmula sería una palabra hueca si los niños no tuviesen realmente pecado. Y ¿qué otro pecado, sino el pecado que contrajeron en Adán, el PO?, como argüía Agustín.
Al hablar aquí del bautismo como remedio del PO, se presentan los efectos de este sacramento en forma fragmentaria, ocasional, en contexto de controversia que, por su misma índole, ha de ser sesgada, unilateral. Se menciona tan sólo la dimensión hamartiológica del mismo. Quedan marginados los efectos caritológicos, positivos del sacramento, que son los primordiales: la incorporación a la nueva Comunidad de salvación, el nuevo ser, el nuevo nacimiento, la vida nueva, la nueva criatura que nace por la fuerza del Espíritu Santo. Con todos los efectos elevantes, gratificantes que tendremos oportunidad de ver. Porque, aunque se niegue el PO en el recién nacido, incluso entonces la fórmula bautismal “para remisión de los pecados” no queda hueca de sentido. Se percibirá incluso mejor la dimensión caritológica del sacramento que es la más rica de contenido.
El canon 5 se olvida ya de los pelagianos -recuerdo anacrónico, pues en el siglo XVI ya no había pelagianos en Europa- y actualiza su discurso hablando de insurgente error luterano sobre el PO. Error que para Trento tenía doble vertiente: a) una de índole y nivel antropológico, cuál era el de considerar al hombre radicalmente corrupto, en su actividad religioso-moral. Su libertad sería una sentina de pecados, en el sentido más fuerte de la palabra; b) error de hondura e índole cristológico-soteriológico: la acción salvadora de la Cruz no llega hasta regenerar a fondo al hombre caído en PO. Éste, incluso después del bautismo, queda en el bautizado como 'pecado permanente' = pecatum permanens. Prueba fehaciente de ello es que en el bautizado queda la concupiscencia, como la experimenta todo el mundo en sí y en los demás. Que conlleva la “dura necesidad de pecar” (peccandi dura necessitas) de agustiniana memoria. Endureciendo, incluso, la intención del santo Doctor.
Este doble
error luterano es rechazado con mayor vigor en el decreto sobre la
justificación, DS 1520-1583. Es seguro que el más peligroso es el error
soteriológico-cristológico. Porque, incluso admitida la corrupción radical de
la libertad humana y la derivada impotencia soteriológica absoluta, no estamos
irremediablemente perdidos, si admitimos que la Gracia de Dios por Cristo nos
hace nueva criatura, que nuestro presunto PO queda del todo destruido, que
somos realmente 'recreados'. Extremo éste que, a juicio de Trento, los
luteranos no querían reconocer, pues el PO es para ellos un “pecado
permanente”.
De todas formas, por parte católica, hasta nuestros días, nunca ha sido explicada satisfactoriamente la relación entre PO y la permanente concupiscencia, “que proviene del pecado y al pecado impulsa”.
5. JERARQUÍA DE VERDADES EN EL TEXTO TRIDENTINO SOBRE EL PECADO ORIGINAL
Hemos indicado cómo la negación del PO por parte de los pelagianos y su exacerbación por parte de Lutero viene enmarcada, dimensionada dentro de su modo de vivir y entender la eficacia salvadora de la Cruz. Se patentiza en ellos una 'jerarquía de errores' que no se debe olvidar a la hora de valorar la correlativa 'jerarquía de verdades' que el Tridentino propone. Explicamos un poco más la idea que hemos venido insinuando: la jerarquía de “verdades” existente en el texto de Trento sobre el PO. Recurrimos a una idea muy aceptada y muy importante en la interpretación de cualquier texto teológico de primer o segundo grado. Para la clasificación que vamos a hacer, partimos del hecho de la unidad formada por el decreto sobre el PO, con el de la justificación, al modo explicado.
A) NO DESVIRTUAR LA FUERZA SALVADORA DE LA CRUZ DE CRISTO/NE EVACUEUR CRUX CHRISTI!
Es la consigna
que mantuvo a san Agustín firme y merecidamente victorioso frente a los
pelagianos. Éstos desvirtuaban la Cruz de Cristo al proponer una naturaleza
humana sana, íntegra, “santa”, inocente, dotada al nacer por el Creador de la
posibilidad real (= possibilitas) para todo el bien moral y saludable (=
salutaris). Lutero, no obstante su énfasis en proclamar la sola Gracia/solo
Cristo /sola Cruz, en realidad -a juicio de Trento-, reducía ésta a la
inoperancia al decir que no llegaba a borrar radicalmente el PO del alma del
pecador. Cierto es que, en el tema de la justificación, se presentaba a
discusión un problema de índole antropológica: se discute sobre el estatuto
teologal del hombre cristiano. Pero el error de Lutero en antropología
teológica cobra su última gravedad porque comporta un error teológico/cristológico:
error sobre el poder y eficacia real de la Gracia de Dios que se otorga en
Cristo.
Este encuadre
cristológico/soteriológico es el preferido por los actuales estudiosos del
problema del PO. Idéntica preocupación e interés soteriológico preferencial se
descubre al fondo del texto tridentino sobre el PO y sobre la justificación que
le acompaña y completa.
Completando y
concretando la preocupación soteriológica, encontramos la referencia
eclesiológica. La acción salvadora de Cristo en toda la discusión
antipelagiana/antiluterana de Trento se concentraba, de hecho y por necesidad
polémica, en torno al acontecimiento eclesial de la administración del 'bautismo
a los párvulos'. Si bien las afirmaciones valen para el bautismo
administrado en cualquier momento y para la justificación que acontece en los
adultos.
Pues bien, a juicio del Tridentino, Lutero desvirtuaba la eficacia del bautismo al decir que no borraba radicalmente el PO, sino que sólo testificaba que no ha sido imputado este pecado, 'permanente' incluso en el hombre cristiano. Los pelagianos eran favorables al bautismo también para los niños, pero tergiversaban -a juicio de Agustín y de Trento- la auténtica motivación teológica de tal práctica: no debe administrarse, decían, el bautismo a los bebés para remisión de los pecados: sería un sinsentido, ya que no tienen pecado ninguno. El bautismo hace mejores a los que ya nacían buenos. Trento no excluye la motivación caritológica, incluso la menciona; pero insiste en que hay que mantener la motivación hamartiológica: borrar el PO en el recién nacido.
B) VERDAD ANTROPOLÓGICA: IMPOTENCIA SOTERIOLÓGICA DEL
HOMBRE
Esta afirmación
referida 'a' y calificadora 'del' hombre sujeto de la
consideración del teólogo, es correlato esencial, imprescindible, que viene 'co-afirmada'
siempre que se proclame la necesidad absoluta de la gracia del Salvador. Al
proclamar el Tridentino la fuerza salvadora de la Cruz, 'co-afirmada',
con similar insistencia, la impotencia del hombre para salvarse sin la gracia
de Cristo. Sobre esta impotencia humana estaban a la vista las desvaloraciones
antiguas y nuevas. Los pelagianos enfatizaban el poder del hombre cristiano
para conseguir la salvación, una vez que había recibido de Dios el don de una
naturaleza sana, íntegra, inocente, santa. La Cruz no quedaba eliminada, pero
sí desplazada hacia el exterior de la libertad humana. Lutero, con la sana
intención de magnificar la Cruz, despotenciaba al hombre hasta convertirle en
una especie de tronco inerte ante la acción de la Gracia, DS1554. Esta
exageración de la impotencia se vengaba de sus cultivadores, porque, en vez de
magnificar la fuerza de la Cruz, la enerva ostensiblemente, a juicio de los
católicos.
Al mismo tiempo
que se afirmaba lo que llamaríamos el hecho bruto y neto de tal impotencia, los
dos contendientes decían ya algo sobre la naturaleza de la misma, como no podía
ser menos. Pero, dando un paso más, manifestaban su convicción de que sabían algo
(lo suficiente, para ellos) sobre el 'origen' de la incapacidad del
hombre histórico para conseguir la salvación: la situación universal y radical
de pecado, situación que incluía incluso al ser humano que empieza a germinar
en el vientre de la madre. ¿Cómo pensar que la incontable “humanidad infantil”
no está necesitada de Cristo? ¿Y cómo podríamos afirmar que necesita de Cristo,
si no tuviese pecado? ¿Y qué otro pecado podría tener el niño sino el PO? (S.
Agustín).
Un creyente que cultive un concepto adecuado sobre Dios creador bueno, sobre la dignidad del hombre imagen de Dios, sobre el 'pecado' como libre desobediencia del hombre a Dios, no puede contentarse con la mera y dura afirmación de que el hombre es pecador congénito. No puede menos de preguntarse cómo se llegó a tan insólita, enigmática situación. Carente como estaba de los recursos, de metodología, de oportunidad para realizar una reflexión científico-teológica, Trento nos ofrece lo que hoy llamamos un texto de teología narrativa. Relata, cuenta lo que le pasó al género humano 'in illo tempore', en los abismales inicios de su historia, en los prestigiosos y divinales orígenes que describe Gn 2-3. Los teólogos y Padres de Trento dicen al respecto 'lo que siempre se ha dicho'. Incluso, como hoy sabemos bien, lo que dijeron otros hombres antes que los cristianos: que hubo un “viejo pecado” que llenó de miseria la historia humana. De ahí el tercer momento del texto tridentino.
C) UNA VERDAD DE ÍNDOLE EXPLICATIVA, ETIOLÓGICA, CAUSAL
Como tal calificamos -siguiendo a muchos autores- el recurso de Trento a la narración de Gn 1-3 sobre adán; a lo que nosotros hemos calificado teología y 'teologúmeno de Adán'. Éste perdió su estado de 'santidad y justicia' y causó la ruina espiritual e integral en la que ahora gime la humanidad. Obviamente el Tridentino no carga sobre el PO toda la situación pecadora en que la humanidad gime. Pero ésta dimana de la fuente del PO (originante y originado), y no habría aparecido en nuestra historia de no haber ocurrido el pecado de Adán.
Leyendo los
textos en dirección de menor a mayor importancia tendremos.
-el pecado del
Adán paradisíaco es el originante y creador de la situación universal del
pecado en que yace la humanidad;
-esta situación
pecadora crea en la humanidad y en cada hombre una universal/insuperable 'impotencia
soteriológica';
-la cual hace universal y absolutamente necesario al Salvador Jesús (quien comunica su salvación por medio del bautismo).
6. EL LEGADO DE TRENTO QUE DEBEMOS RECIBIR Y TRANSMITIR
Hemos resumido la enseñanza del Tridentino sobre el PO en tres afirmaciones clave (y una colateral, que ahora no comentamos). Al paso hemos dejado caer otras varias, caducas, efímeras por su propia índole y por el entorno religioso cultural en que fueron proferidas. Dentro de las tres, hemos subrayado la jerarquía de valiosidad e importancia salvífica de las mismas. Con ello se ha realizado un discernimiento crítico en la lectura del texto conciliar. Avanzamos en ese camino.
a)Hace años
afirmaba P. Schoonenberg que el tema del PO se ha convertido en un 'test
decisivo' para la hermenéutica de los textos conciliares y del Magisterio
de la Iglesia en general. Es obvio que, en nuestro caso, el 'test'
aludido lo constituyen los cánones tridentinos sobre el PO. Nuestra largas
reflexiones sobre la cuestión y la lectura de los mejores estudios dedicados al
tema nos han llevado a las apretadas conclusiones que hemos propuesto y que
ahora completamos desde la perspectiva hermenéutica.
«Un hodierno
lector de los textos tridentinos debe compartir una seria convicción sobre la
relatividad, circunstancialidad, contextualidad, índole fragmentaria, evolutiva
y procesual de toda captación y expresión humana de la verdad. Incluida la
verdad sobre cuyo origen divino no albergamos dudas. Los pronunciamientos de
Trento sobre el PO están, sin posible excepción, sujetos a estas limitaciones y
condicionamientos del humano conocer y del humano hablar.
Los dichos de
Trento tienen su verdad, su indiscutible valía teológica dentro de la
circunstancia vital toda entera -mental, religiosa-vivencial, cultural- en que
fueron proferidos. Hoy mismo nos sentimos obligados a realizar sobre ellos esta
tarea que juzgamos ineludible y arriscada al mismo tiempo: la de transculturar,
e inculturar el mensaje de Trento sobre el PO en la 'circunstancia vital'
toda entera -religioso-vivencial, teológica, cultural- en que nos encontramos
en el umbral del siglo XXI, ¿qué es lo
que podemos/debemos asumir y transmitir, y qué es lo que debemos dejar caer
como adherencias coyunturales, perecederas?».
En este momento me parece conveniente decir, con el debido respeto, que algunos teólogos sistemáticos (llamados también especulativos y dogmáticos) aprueban los métodos de rigurosa hermenéutica que los escrituristas católicos aplican a los textos bíblicos, con indiscutible éxito, desde hace varios decenios. En cambio, parece que son renuentes a la hora de aplicar similar hermenéutica a los textos del Magisterio, en el caso del Tridentino. Una teología que quiera ser científica debe ejercer una continuada y rigurosa labor crítica sobre sus propios principios. A los textos del Tridentino no se les puede conceder una inmutabilidad, sacralidad, intangibilidad igual y menos superior a la concedida a los textos bíblicos. Los textos tridentinos hay que someterlos al mismo tratamiento histórico-crítico, a las leyes de la hermenéutica de las culturas y de los géneros literarios que, tan exitosamente, han sufrido los textos de la Escritura.
b)'El legado
de Trento que debemos recibir y transmitir', por nuestra parte, se cifra en
esta fórmula repetida desde san Pablo y san Agustín: No desvirtuar la Cruz
de Cristo = ne evacuetur Crux Christi!: Dejar clara la verdad
fundante de nuestra fe: la universalidad y 'sobreabundancia' de la
redención de Cristo. La vertiente antropológica de este dogma cristológico es
la afirmación de la incapacidad absoluta del hombre para obtener, por sus
propias energías, la Salvación: Vida eterna.
El texto
tridentino sobre el PO y su complemento, el de la justificación, la necesidad
del Salvador la funda en el hecho de la universal, profunda situación de pecado
en que se encuentra la humanidad histórica a la que dirige su mensaje. Es la
situación de PO (originante y originado), con toda la constelación de
afirmaciones antecedentes, concomitantes y consiguientes que nos son conocidas.
Por motivos polémicos se insiste en el pecado de los niños. Y también por
motivos de política eclesiástica.
Parece claro que, con el recurso a la secular doctrina del PO, el Tridentino quiere ofrecer una aclaración de tal situación a nivel pastoral, de etiología descriptiva, práctica, funcional, de marcado interés polémico, “para recuperar a los errantes y confirmar a los vacilantes”, DS1519. En este contexto, dada la índole instrumental, subsidiaria, ancilar que la doctrina del PO tiene respecto del dogma de la Redención, brota la inevitable, recurrente, pertinaz pregunta: ¿es que para mantener la universalidad y sobreabundancia de la Salvación es necesario seguir manteniendo la doctrina del PO? Naturalmente, esta pregunta no se hace en un artificial ambiente o por rebuscado interés académico. El lector conoce las severas y, en casos, letales objeciones que la hodierna sensibilidad cristiana -desde diversos puntos de mira- opone a la 'creencia' en el PO. Las hemos ido mencionando y habrá que volver sobre ellas.
7. NO HAY PELIGRO, MIENTRAS QUEDE CLARA LA REDENCIÓN
Son conocidas las dificultades que Agustín encontró para explicar el origen del alma. Provenientes, en gran parte, de su teoría del PO. Terminaba la discusión con esta sabia advertencia de teólogo: “Aunque se nos oculte el origen del alma, 'mientras quede clara la Redención no hay peligro'. Porque no creemos en Cristo para nacer, sino para renacer, sea cual fuere el modo en que hayamos nacido”. Me parece del todo legítima la aplicación extensiva que hacemos de esta fórmula al problema global del PO: aunque se nos oculte el origen de la universal situación pecadora de la humanidad (¿por el PO?, ¿por los pecados personales?, ¿por ambas fuentes?, ¿por el 'viejo pecado' cometido en la preexistencia, en los orígenes celestes del hombre?). 'Mientras queda clara la necesidad del salvador, no hay peligro para nuestra fe en Cristo'. La palabra de Dios no nos declara pecadores para que nos demoremos en interminables, a veces hipócritas investigaciones sobre el origen del pecado humano, sino para que busquemos al Salvador.
Otro texto agustiniano nos pone en la misma pista: “Si confesamos que tanto los párvulos como los mayores, es decir, que desde los vagidos de la infancia hasta la canicie de los viejos, tenemos necesidad de este Salvador y de su medicina, del Verbo hecho carne para habitar con nosotros, se ha acabado toda discusión entre nosotros”.
Más adelante
comentaremos el 'elegante apólogo' del hombre que cayó en el pozo y que Agustín
comenta en contexto similar al nuestro.
El largo
análisis del texto tridentino sobre el PO podemos finalizarlo pacíficamente con
esta conclusión:
Mientras que, con el concilio de Trento, afirmemos la necesidad absoluta del Salvador y la correlativa impotencia soteriológica del hombre) no hay controversia entre nosotros, aunque neguemos el PO. Ahora bien, nuestra propuesta sobre la inocencia y Gracia inicial del recién llegado a la existencia, no sólo no oscurece aquella verdad, sino que esclarece su universalidad y sobreabundancia en forma ostensiblemente más nítida que la correlativa afirmación del pecado y la des-gracia original. Obtenemos la misma finalidad del texto tridentino por otros caminos que el concilio no transitó, pero que, a juicio nuestro, son más llanos y directos que los recorridos por el proceso explicativo del concilio de Trento. Vale decir, de sus Padres y sus teólogos.
8. POR QUÉ RELATIVIZAMOS EL VALOR DEL TEXTO TRIDENTINO
Relativizar no
puede significar el negar de raíz toda valiosidad al texto, invalidarlo para 'entonces'
y para siempre. El texto mantiene un objetivo valor circunstancial,
subsidiario, epocal, ancilar. Está destinado a vehicular y servir de apoyatura
y subsuelo mental a verdades de fe más altas y sustantivas: la necesidad
absoluta de la salvación de Cristo (¡no desvalorizar la Cruz de Cristo!) y la
correlativa impotencia del hombre para salvarse. En la circunstancia histórica
en que el texto se produjo cumplió a satisfacción esta indispensable función.
Pero, al ser inculturada y transculturada (como ahora decimos) al entorno
vital, religioso, teológico, cultural, humano en que estamos inmersos, aquellas
motivaciones, según pensamos, han perdido su eficacia:
-El fundamento
bíblico y tradicional sobre el que trabajaban está lejos de ser tan seguro como
en Trento se pensaba.
-La visión que
tienen los teólogos y Padres de Trento sobre la acción salvadora de Cristo,
presupuesto mental de su propuesta sobre el PO, es más bien unilateral,
sesgada. Supone una 'visión hamartiocéntrica' de la necesidad de la
redención y de la gracia. Pero en la 'actual' historia humana lo primero
es la Gracia, el pecado es un advenedizo.
-Operan desde una visión estática, inmovilista, fijista de la situación del hombre en el cosmos y en la historia. Sería anacrónico buscar allí -en aquella época y en aquellos hombres- la visión evolutiva, procesual, dinámica del ser y de la historia que, para nosotros, es la única aceptable.
Firme lo dicho, no vemos razonable hablar de “error”, equivocación en el comentado texto tridentino. Este no delata ningún “error”, sino una “limitación” en el conocimiento, por parte de Trento, de la insondable grandeza del misterio de Cristo. Grandeza que siempre conocerá con numerosas “limitaciones” en la Iglesia del siglo XVI y la del siglo XXI. En lenguaje paladino podríamos decir: cuando el concilio de Trento propone la doctrina del PO para afianzar la fe en la necesidad de la gracia de Cristo, muestra una explicable y hasta, históricamente, inevitable limitación en sus conocimientos teológicos. Pero si un teólogo del siglo XXI hace esa misma afirmación, no tendríamos inconveniente en decirle que comete un claro 'error', producto de sus defectuosos conocimientos en soteriología, antropología y caritología teológica [En otros campos del saber humano encontramos casos 'similares'. Los mejores sabios de la Edad Media, en Europa y fuera de ella, trabajaban con la teoría de que el sol gira alrededor de la tierra. Si somos precisos en nuestro lenguaje y justos con ellos no diremos que cometieron por ello un “error”. Se trata de una limitación dentro del progreso del saber humano. En “error” incurre el autor de una afirmación, si tenía la obligación profesional o moral de conocer mejor el problema, atendida la situación global de la ciencia en su época. Por otra parte, considerada la complicada situación cultural, religiosa y teológica en que vivió y polemizó san Agustín, el haber propuesto la teoría del PO podía calificarse de un inevitable 'infortunio doctrinal', más que de un error.
Incluso hoy mismo todos hablamos de la salida del sol y de su ocaso. No cometemos ningún error. Ni exhibimos una 'limitación' de nuestro saber. Simplemente estamos en otro juego lingüístico distinto. Por eso, podemos decir que un teólogo del siglo XVI no cometía “error” hablando del PO. Y sí lo cometería, a juicio nuestro, el que afirme la teoría del PO al entrar en el siglo XXI].
9. EL DECRETO TRIDENTINO COMO “PRECEPTO DOCTRINAL”
Esta
designación me parece puede ilustrar el valor que entonces tenía y ahora
mantiene el texto de Trento sobre el PO. Con esta designación queremos
'excluir', en primer término, que la declaración del Tridentino tenga el valor
de un “dogma” en sentido fuerte de la palabra. El que es usual en la
terminología escolástica de los siglos XIX
y XX. Se denomina actualmente
“dogma” una verdad que se piensa que tiene apoyo formal, explícito, directo en
la Palabra de Dios. Los teólogos neoescolásticos calificaban a la
doctrina tridentina sobre el PO como “dogma” a este más alto nivel.
En realidad, el Tridentino no conocía esta
terminología tan rígida. Habla de “dogma” en sentido usual en siglos
anteriores. Por ejemplo, habla de los “dogmas” de los luteranos, a los que
Trento opone los suyos. Obviamente al mismo nivel de significación semántica y
en similar contexto san Agustín habla de los “dogmas” pelagianos. En ambos
casos se trata de enseñanzas que, en cada círculo religioso, cultural se
consideran comunes e importantes. Por eso, la fórmula más ajustada para
calificar el decreto de Trento sobre el PO es designarlo como 'precepto
doctrinal'. En él la palabra dogma mantiene su primer significado de
“decreto/precepto” que en este caso es referido a una doctrina, pero en otros
se refiere a comportamientos morales, o bien asuntos litúrgicos.
Unida a su
índole de 'precepto doctrinal', aparece la intención primaria del mismo:
tiene una función práctica, operativa, pastoral: obtener la obediencia de la
Comunidad a una enseñanza que se juzga indispensable para mantener la fe en la
necesidad de la Gracia y en la correlativa incapacidad del hombre para todo lo
referente a la salvación. Obviamente el Tridentino no dice ni insinúa que, por
otros caminos, incluso prescindiendo de la doctrina del PO, no puedan ser
confesadas y comunicadas las referidas verdades básicas. Hemos insistido en que
la afirmación del PO en el naciente ser humano, por su propia naturaleza, no
puede aspirar más que a la certeza de una 'conclusión teológica'.
Cierto, san
Agustín, por motivos polémicos, por las limitaciones que padecía en su
soteriología, en su visión de la voluntad salvífica de Dios y en otros campos
de la teología cristiana, nunca vio forma de defender la eficacia de la Cruz de
Cristo, también para el recién nacido, sino se afirmaba el PO. El concilio de
Trento, en su enseñanza sobre la justificación y el bautismo y la redención se
mueve dentro del marco de ideas agustinianas. En ellas apoya su decreto/'precepto'
sobre el PO. Pero, a) el camino elegido por Agustín/Trento para defender la
Cruz de Cristo no es ni el mejor ni menos el único; b) un 'precepto doctrinal',
por definición, está interna y sustancialmente ligado a la “circunstancia
vital” en que se produjo. Cambiada ésta en forma sustancial, segura e
irreversible, el 'precepto' sobre el PO pierde vigencia. La pierde,
indudablemente, cuando la afirmación docente primordial del precepto
tridentino: reafirmar 'la universalidad y necesidad absolutas de la acción
redentora de Cristo', no sólo no se desvirtúa, sino que recupera todo su
vigor la 'Gracia inicial' en todo hombre, según lo explicado. Y la
consiguiente ausencia de todo 'pecado', incluso aquel difuso, misterioso pecado
al que se califica de 'original'.

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